Charly escribió:Hola por los cupones percibidos en el año 2018, también hay que prorratear? y declarar solo lo que corresponde al año 2018 ?
Es que en el año 2017 el impuesto no existía?
Pero esta nota dice que este prorrateo solo se hace con los plazos fijos:
https://www.cronista.com/economiapoliti ... -0020.html
Si los tenes en Banco ya te dan calculado lo del 2018.
Si no, tenes que agarrar el primer cupón y restarle el proporcional a la cantidad de dias del 2017 y lo que te da multiplicar por el tipo de cambio comprador BNA del dia del pago del cupón.