Títulos Públicos

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El..Ronin
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor El..Ronin » Sab Abr 09, 2016 10:11 pm

Pero si ya pagaste los anticipos del 2015...........te debe quedar solo un pequeño saldo a pagar :100:

Esas preguntas te las tiene que responder tu contador............ si te cobra por hacerte las declaraciones juradas lo minimo que tiene que hacer es responder lo que le preguntes :100:

jabalina
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor jabalina » Sab Abr 09, 2016 10:03 pm

Para Dario o para quien pueda darmr una respuesta.
Yo pago bienes personales desde que se implemento creo que fue en 1994.
Lo declaro todos los años y pago lo que corresponde y hasta tambien e pagado los adelantos correspondientes a los del 2015.
Ya prepare todas las planillas,incluyendo todas las propiedades.el auto,los bonos las acciones,los dolares,el dinero en efectivo y todo lo que corresponde.
Le dije al contador que presente todo como corresponde,pero que ponga que este año no pienso pagar.
El motivo es que desde el 2007 no han modificado la base imponible y todo desde esa fecha a hoy aumento como un 300%.
Hoy una persona que solo compre un lote,ya tiene pua pagar bienes personales.
Lo que me corresponde pagar,no es mucho,pero estoy podrido de las injusticias,aparte tengo el dinero y lo puedo pagar sin problemas.
Mi pregunta es que me puede hacer la AFIP.
Me puede intimar.me puede multar.me puede abrir un juicio Etc.
Desde ya agradecido por la respuesta.

Alex
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Alex » Sab Abr 09, 2016 9:49 pm

gina escribió:Dario o quien sepa, a esta chica le difiere la retenciones de gacias segùn la afip versus el F649 de la empresa donde trabaja !!!! Cual toma???...si carga el f649 en el reg.simplicado tal cual dice la empresa tendra diferencia con la afip...cual vale???

gracias....

El año pasado difería por el tema de la exencion del imp a las ganancias de Dic`14, había que colocar ese importe como exento en el simplificado no me acuerdo bien como era. En 2015 tmb se eximió en Dic asi q puede estar ahi la diferencia. Tmb si realizo compras de dolares y op c tarj en dolares a veces hay centavos de diferencia que tmb se pueden arreglar para q cierre, pero no la tengo tan clara.

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Sab Abr 09, 2016 9:05 pm

guilleg escribió:Darío:

La renta de los Dica se cobró el 4 de enero aunque correspondía el 31 de diciembre.
Cómo declarás los dólares ? Como efectivo ?
Otra pregunta: el PMY16 para mí no figura en la tabla de títulos.
Hice la pregunta en la Mesa de Ayuda y no contestaron todavía.
Si no contestan qué hago.

-RENTA BONOS: aunque esté exenta en Imp. Ganancias, debe declararse GRAVADA en B.P. (en el rubro CRÉDITOS).

En la cuenta comitente en Caja de Valores figura acreditado 31/12, no importa la fecha del agente de bolsa.

eldesignado
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor eldesignado » Sab Abr 09, 2016 4:01 pm

Los créditos ajustados por UVI no están prohibidos por la ley 23928?
No me extrañaría que algún deudor intente la gran Singer.

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Sab Abr 09, 2016 2:15 pm

Darío:

La renta de los Dica se cobró el 4 de enero aunque correspondía el 31 de diciembre.
Cómo declarás los dólares ? Como efectivo ?
Otra pregunta: el PMY16 para mí no figura en la tabla de títulos.
Hice la pregunta en la Mesa de Ayuda y no contestaron todavía.
Si no contestan qué hago.

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Sab Abr 09, 2016 1:37 pm

DavidBowman escribió:Compraste dica (o cualquier bono) a 72 hs el 29. El 31 no podés no tener nada, o declarás los DICA, o declarás los $ (que ya no los tenés en una cuenta excenta de BBPP), o declarás algún tipo de crédito a favor (vos pagaste $ y te están debiendo la entrega de los DICA), que tengo mis dudas que puedas considerar exento de BBPP. La realidad económica estricita creo que sería la tercer opción. Puro pragmatismo lo mio, yo a priori declararía los DICA, que están exentos de BBPP, no creo que nadie te vaya a hacer problema. La renta la declararía también y no la consideraría exenta.

-RENTA BONOS: aunque esté exenta en Imp. Ganancias, debe declararse GRAVADA en B.P. (porque es un CRÉDITO).

-Compra BONO último día hábil año (plazo 72 Hs) corresponde declarar BONO porque la operación está cerrada.
:!:

elushi
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor elushi » Sab Abr 09, 2016 12:47 pm

per11201 escribió:Hola a todos! Consulta: que sugieren hacer con los dolares billete que van amortizando : inmuebles? comprar bonos D? acciones en usa? cambiarlos x euros e invertir en bolsas europeas? Q hacen uds??

en Miami el promedio de los alquileres mas rentables esta cerca del 12% anual de la inversion. tenes que ver donde compras y a que precios, porque hay zonas donde le sacas mas rendimiento y otras donde le sacas menos (como en todos lados).
en Argentina generalmente le sacas menos en promedio, aunque por supuesto no quita que no hagas un buen negocio, compres barato y te rinda mas, pero mas que un 10% es dificil...
bonos D no rinden mas de 8% de TIR (es decir reinvirtiendo cupones), como es de esperar lo mas rendidor en el tramo largo. y tenes riesgo de tasa y tenes que descontar comisiones (compra/venta, cobro cupones y custodia)
en RV todo puede ser, lo dejo a tu criterio. tenes mas riesgos obviamente

Manguitas27
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Manguitas27 » Sab Abr 09, 2016 12:40 pm

gina escribió:Dario o quien sepa, a esta chica le difiere la retenciones de gacias segùn la afip versus el F649 de la empresa donde trabaja !!!! Cual toma???...si carga el f649 en el reg.simplicado tal cual dice la empresa tendra diferencia con la afip...cual vale???

gracias....

Debería tomar lo que realmente sucedió. Y averiguar de donde proviene la diferencia.

Alfredo 2011
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Alfredo 2011 » Sab Abr 09, 2016 11:35 am

AFIP prorrogó 10 días los vencimientos por Ganancias y Bienes Personales

El ente recaudador postergó al 21 de abril las presentaciones de declaraciones y pagos de los contribuyentes para estos gravámenes

http://www.infobae.com/2016/04/08/18031 ... personales

DavidBowman
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DavidBowman » Sab Abr 09, 2016 11:10 am

ARBOND escribió:Consulta bbpp del DICA:

Si compre el 29 de diciembre a 72hs , los tengo que declarar?
La renta que paga el dica el dia 31 no estaba acreditada en mi comitente ese mismo dia logicamente, se considera como cobrada?
Gracias!

Compraste dica (o cualquier bono) a 72 hs el 29. El 31 no podés no tener nada, o declarás los DICA, o declarás los $ (que ya no los tenés en una cuenta excenta de BBPP), o declarás algún tipo de crédito a favor (vos pagaste $ y te están debiendo la entrega de los DICA), que tengo mis dudas que puedas considerar exento de BBPP. La realidad económica estricita creo que sería la tercer opción. Puro pragmatismo lo mio, yo a priori declararía los DICA, que están exentos de BBPP, no creo que nadie te vaya a hacer problema. La renta la declararía también y no la consideraría exenta.

gina
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor gina » Vie Abr 08, 2016 10:01 pm

Alex escribió:Entiendo q se puede usar la de BP solamente la de Gcias la presenta el empleador.



Dario o quien sepa, a esta chica le difiere la retenciones de gacias segùn la afip versus el F649 de la empresa donde trabaja !!!! Cual toma???...si carga el f649 en el reg.simplicado tal cual dice la empresa tendra diferencia con la afip...cual vale???

gracias....

per11201
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor per11201 » Vie Abr 08, 2016 10:00 pm

jmario escribió:Primero debemos entender que "bajo riesgo argentino" es un bajo riesgo solo para nosotros. Conseguir hoy entre el 10 y 15% no es facil. Hasta el año pasado si lo era, no se necesitaba analizar demasiado. Hoy tenes los linked que podes sacarle entre el 10 y 12%, los dolar billete ya pasaron, no mas de un 8% son para renta o los que todavía creen en la compresion de tir, no es mi caso. Si tenes algun tiempo importante para dedicarle en RV podes hacer una diferencia con lanzamientos pero hay que estar con la pantalla abierta mucho tiempo, pero son pesos. Igualmente son números gruesos porque cuando metes las comisiones y los gastos para tener el u$ billete en mano despues de todo lo que hagas podes llevarte una sorpresa. Estoy en DICA-Ay24 y BDED mas POU19-PMD y PMO mendocinos. Con esos consigo buena renta mensualmente para hacer con ella lo que quiera, reinvertirla en algo o no.Y un 20% en RV para mantener controlado al timbero. :115:

Hola a todos! Consulta: que sugieren hacer con los dolares billete que van amortizando : inmuebles? comprar bonos D? acciones en usa? cambiarlos x euros e invertir en bolsas europeas? Q hacen uds??

Harry26
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Harry26 » Vie Abr 08, 2016 8:40 pm

ARBOND escribió:Consulta bbpp del DICA:

Si compre el 29 de diciembre a 72hs , los tengo que declarar?
La renta que paga el dica el dia 31 no estaba acreditada en mi comitente ese mismo dia logicamente, se considera como cobrada?
Gracias!

buena pregunta!
para mi no y la renta tampoco, porque en definitiva no los tenes en tu patrimonio.
si haces una consulta de tenencias al 31/12/2015 no te van a aparecer.

jmario
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor jmario » Vie Abr 08, 2016 7:35 pm

Pakea escribió:Solo para aprender, como diversificarías una cartera "tradicional" (que traducido a mi entender queres decir bajo riesgo) en dólares para obtener de un 10% a una 15% de renta?

Primero debemos entender que "bajo riesgo argentino" es un bajo riesgo solo para nosotros. Conseguir hoy entre el 10 y 15% no es facil. Hasta el año pasado si lo era, no se necesitaba analizar demasiado. Hoy tenes los linked que podes sacarle entre el 10 y 12%, los dolar billete ya pasaron, no mas de un 8% son para renta o los que todavía creen en la compresion de tir, no es mi caso. Si tenes algun tiempo importante para dedicarle en RV podes hacer una diferencia con lanzamientos pero hay que estar con la pantalla abierta mucho tiempo, pero son pesos. Igualmente son números gruesos porque cuando metes las comisiones y los gastos para tener el u$ billete en mano despues de todo lo que hagas podes llevarte una sorpresa. Estoy en DICA-Ay24 y BDED mas POU19-PMD y PMO mendocinos. Con esos consigo buena renta mensualmente para hacer con ella lo que quiera, reinvertirla en algo o no.Y un 20% en RV para mantener controlado al timbero. :115:


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