jabalina escribió:Para Dario o para quien pueda darmr una respuesta.
Yo pago bienes personales desde que se implemento creo que fue en 1994.
Lo declaro todos los años y pago lo que corresponde y hasta tambien e pagado los adelantos correspondientes a los del 2015.
Ya prepare todas las planillas,incluyendo todas las propiedades.el auto,los bonos las acciones,los dolares,el dinero en efectivo y todo lo que corresponde.
Le dije al contador que presente todo como corresponde,pero que ponga que este año no pienso pagar.
El motivo es que desde el 2007 no han modificado la base imponible y todo desde esa fecha a hoy aumento como un 300%.
Hoy una persona que solo compre un lote,ya tiene pua pagar bienes personales.
Lo que me corresponde pagar,no es mucho,pero estoy podrido de las injusticias,aparte tengo el dinero y lo puedo pagar sin problemas.
Mi pregunta es que me puede hacer la AFIP.
Me puede intimar.me puede multar.me puede abrir un juicio Etc.
Desde ya agradecido por la respuesta.
estimado, la afip lo va a intimar y despues le va a mandar a juicio el saldo mas los intereses resarcitorios y punitorios
ademas le van a intimar los 5 anticipos del 20 % cada uno que vencen en junio , agosto . octubre diciembre y febrero
y tambien los anticipos se los pueden mandar a juicio
lo que si puede hacer antes del vencimiento del primer anticipo presentar la opcion de reduccion de anticipos por via webb en la cuenta corriente tributaria en transacciones con estimacion 0 a pagar.
y no pagaria los anticipos del 2016
cuando presente la ddjj del 2016 le pueden reclamar los intereses por anticipos no ingresados.
espero que le sirva
no deje de pagar el saldo de ddjj, cuando le mandan una deuda a juicio le pueden embargar las cuentas de titulos y bancarias ademas de las propíedades