Antifáz escribió:Entiendo que las cauciones siguen con el mismo régimen.
Las cauciones no tienen el trato fiscal de los bonos, por lo que se le aplica el régimen general de impuesto a las ganancias.
Esto es: declaración anual y alícuota del 35% (luego de mínimos, deducciones generales y especiales que prevee la ley).
Ojo !
Alguien paga imp.gcias por las cauciones ? Lo mismo pasará con esto si es por DJ