
es de locos que te metan en el corral si compraste en pesos, pero son las cosas que nadie debe haber previsto...[/quo
“ARTÍCULO 14.- En virtud de lo establecido en el punto 1. de la Comunicación “A” 6799 de fecha 30 de septiembre de 2019 y la Comunicación “B” 11892 de fecha 1º de octubre de 2019 del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA), cuando las personas humanas adquieran valores negociables mediante liquidación en moneda extranjera, los mismos deberán permanecer en la cartera del comprador por un período no menor a CINCO (5) días hábiles a contar desde la fecha de liquidación de la operación, antes de ser vendidos o transferidos a otras entidades depositarias. Este plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando la venta de los valores negociables sea en moneda extranjera contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra.
o sea q para compra y venta en pesos si hay parking.
