Foro dedicado al Mercado de Valores.
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pik
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Mensajepor pik » Dom Ago 23, 2020 4:40 pm
carlob escribió:
Ahj esta clarisimo, reunion con afip. Excento todo 2019.
Se escribe exento carlitos!
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pik
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Mensajepor pik » Dom Ago 23, 2020 4:38 pm
Aquiles07 escribió:
No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
Veo que de lenguaje, idioma, prosa y ortografía sabes mucho, pero de impuestos como contador que es tu metie, no entendés nada. Si uno las partes, es lo que digo, solo sos contador de historietas, con buena ortografía, pero malos argumentos.
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carlob
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Mensajepor carlob » Dom Ago 23, 2020 4:07 pm
carlob escribió: ↑
Miren este video.
Busquenlo el del 19 de junio 2020.No se paga, para todo 2019.

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carlob
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Mensajepor carlob » Dom Ago 23, 2020 4:04 pm
carlob escribió: ↑
Miren este video.
Ahj esta clarisimo, reunion con afip. Excento todo 2019.
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carlob
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Mensajepor carlob » Dom Ago 23, 2020 4:03 pm
Miren este video.
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cuate
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Mensajepor cuate » Dom Ago 23, 2020 3:51 pm
Pregunta, tengo AA37 y DICA para el canje de ley nacional y tengo unos pesos para comprar mas antes del canje, veo que el precio del PARA me permite comprar mas nominales con los mismos pesos. La cuestión es da lo mismo entrar con cualquiera de los bonos elegibles, no cambia nada y podria canjear mas nominales.
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alfil
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Mensajepor alfil » Dom Ago 23, 2020 3:25 pm
Aquiles07 escribió: ↑
No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
Socios, esto aplica al foro fiscal, cada uno sabe lo que se hace con eso, no jodan, inversiones títulos públicos.
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Aquiles07
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Mensajepor Aquiles07 » Dom Ago 23, 2020 3:19 pm
pik escribió: ↑
Te doy una pista, fíjate la lectura del texto promulgado, se reglamento en 2019, y como el impuesto cedular es anual, aplicó al 2019 y por eso quedó excento.
Es el colmo que ahora contradigas a lo que dice la AFIP, sabes una página más que el libro vos, y para mí ya SOS el contra.
No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
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pik
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Mensajepor pik » Dom Ago 23, 2020 3:13 pm
Aquiles07 escribió:
Otra vez, el impuesto cedular es complementario del impuesto a las ganancias y bienes personales. La ley salió en diciembre de 2019 y en tributos se legisla para adelante. El ejercicio fiscal 2019 de impuesto a las ganancias, comenzó el 01/01/2019. La ley salió en diciembre de 2019, últimos días, y se interpreta su vigencia a partir de la promulgación de la ley en el Boletín Oficial.
No hay ningún error como decían acá que el aplicativo funciona mal...
Te doy una pista, fíjate la lectura del texto promulgado, se reglamento en 2019, y como el impuesto cedular es anual, aplicó al 2019 y por eso quedó excento.
Es el colmo que ahora contradigas a lo que dice la AFIP, sabes una página más que el libro vos, y para mí ya SOS el contra.
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pik
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Mensajepor pik » Dom Ago 23, 2020 3:10 pm
Aquiles07 escribió:
Lee y dejá de desinformar, estúpido e insensato. No tenés ni 'pu** idea de impuestos y venís a hablar y dar cátedra. NO sabes un carajo, abstenete de opinar bobo.
Posición expuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
Contador tenés que ser, no saben nada de impuestos aplicado a bolsa y encima bastante mal educado.
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Aquiles07
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Mensajepor Aquiles07 » Dom Ago 23, 2020 3:01 pm
Cash escribió: ↑
Hola:
De
ésta página de la AFIP.
Sds.,
Cash
Nota: en otro post anterior está equivocado el enlace, lamentablemente no se puede corregir.
Otra vez, el impuesto cedular es complementario del impuesto a las ganancias y bienes personales. La ley salió en diciembre de 2019 y en tributos se legisla para adelante. El ejercicio fiscal 2019 de impuesto a las ganancias, comenzó el 01/01/2019. La ley salió en diciembre de 2019, últimos días, y se interpreta su vigencia a partir de la promulgación de la ley en el Boletín Oficial.
No hay ningún error como decían acá que el aplicativo funciona mal...
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Aquiles07
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Mensajepor Aquiles07 » Dom Ago 23, 2020 2:56 pm
pik escribió: ↑
Tenías que ser contador, no entendés nada de impuesto cedular, opinas porque no te cobran, Lee, infórmate y volve, estás reprobado en impuesto cedular.
Recomendación, leer las comunicaciones y espacios de diálogo con sus colegas que saben y la AFIP.
Lee y dejá de desinformar, estúpido e insensato. No tenés ni 'pu** idea de impuestos y venís a hablar y dar cátedra. NO sabes un carajo, abstenete de opinar bobo.
Posición expuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
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Cash
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Mensajepor Cash » Dom Ago 23, 2020 2:32 pm
Hola:
Aquiles07 escribió: ↑
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019 ...
De
ésta página de la AFIP.
Sds.,
Cash
Nota: en otro post anterior está equivocado el enlace, lamentablemente no se puede corregir.
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pik
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Mensajepor pik » Dom Ago 23, 2020 2:31 pm
Aquiles07 escribió:
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Tenías que ser contador, no entendés nada de impuesto cedular, opinas porque no te cobran, Lee, infórmate y volve, estás reprobado en impuesto cedular.
Recomendación, leer las comunicaciones y espacios de diálogo con sus colegas que saben y la AFIP.
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alfil
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Mensajepor alfil » Dom Ago 23, 2020 2:03 pm
Aquiles07 escribió: ↑
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Aquiles
Pagala vos., Si tenías bonos soberanos te esquivaron,.
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