Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de diciembre de 2024
Señores
Comisión Nacional de Valores
Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
Mercado Abierto Electrónico S.A.
Presente
Ref.: GCDI S.A. – Contrato con Parte Relacionada
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Uds., en mi carácter de Responsable de Relaciones con el
Mercado de GCDI S.A. (la “Sociedad” o “GCDI”), a fin de informar que, en su reunión del día de
hoy, el Directorio de la Sociedad decidió aprobar la celebración por la Sociedad, en su carácter
de contratista, de un contrato de locación de obra con ARGENTINA COMMERCIAL PROPERTIES
S.A. en carácter de comitente (el “Comitente” o “ACP”), cuyo objeto es la ejecución de la
segunda etapa de la remodelación del Hotel SHERATON Buenos Aires Hotel & Convention Center
sito en Retiro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, etapa que consiste en la remodelación de
habitaciones entre los pisos 12 y 23 y en la construcción de un Spa y un Gimnasio, incluyendo
demoliciones, albañilería e instalaciones por una superficie total de aproximadamente 8000 m2
(el “Contrato” y la “Obra” respectivamente).
La Sociedad se desempeñará como contratista principal y será la responsable de programar la
coordinación y ejecución de las tareas y trabajos para el desarrollo de la Obra. Asimismo, la
Sociedad tendrá a su cargo el gerenciamiento de las compras de bienes y/o servicios a ser
realizadas en forma directa por el Comitente.
La contratación se realizará bajo la modalidad ”cost plus fee”, lo que implica que la Sociedad
será remunerada: (i) con un honorario del 12% calculado sobre los costos reembolsables que
incluyen -entre otros- mano de obra, costos y gastos asociados a la contratación, equipos y
herramientas menores, materiales, subcontratos, consumibles y seguros; y (ii) con un honorario
equivalente al 2%, 3,5% u 8,5% (según el bien de que se trate), calculado sobre las sumas
abonadas por el Comitente a sus proveedores de bienes y/o servicios para la Obra.
El valor estimado de la Obra es de, aproximadamente, AR$ 16.460.000.000 (base septiembre
2024 y actualización mensual en base a indicador general publicado por la Cámara Argentina de
la Construcción), monto que incluye tanto las sumas a ser abonadas a la Sociedad en concepto
de costos reembolsables y honorarios, así como los costos en los que incurra el Comitente por
la ejecución de la Obra, tales como las compras realizadas por el Comitente en forma directa.
Se deja constancia que ACP reviste el carácter de “parte relacionada” conforme lo dispone el
art. 72 de la Ley de Mercado de Capitales y que el monto del Contrato supera el 1% del
patrimonio social medido conforme a los últimos Estados Financieros de la Sociedad
correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023.
En consecuencia, a los fines de su aprobación, el Comité de Auditoría de la Sociedad ha emitido
el 2 de diciembre de 2024 un informe por el cual considera que los términos y condiciones del
Contrato pueden considerarse razonablemente adecuados a las condiciones normales y
habituales del mercado.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
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Daniel Antúnez
Responsable de Relaciones con el Mercado
GCDI S.A