Josi escribió: ↑
Nada que agradecer. Mas mi opinión nada tiene de política es jurídica, desde una visión trialista del derecho (contemplando la realidad social, la norma y el valor justicia). Coincido, eso sí, bastante ajena a un foro de Títulos Públicos (del que verás que, desde hace muchos años, participo poco).
Lo que defiendo (y defendí en todas las instancias en aquéllas lejanas épocas) nada tiene de individual (al contrario de la postura de quienes golpeaban la puerta de de los bancos).
Siempre hablando de la crisis del 2001, cuando hablo de
poder adquisitivo interno , por supuesto, descarto toda manipulación de índices (práctica que llegó bastante después...).
Y no tengo ninguna duda que quienes recibieron sus ahorros actualizados sufrieron mucho menos que la mayoría de la sociedad. Por supuesto, envidiaron a los privilegiados que, pseudoJusticia mediante, multiplicaron x 4 (en términos de poder adquisitivo), lo que habían comprado a 1...
Seguramente, muy lejos está mi pluma de la de Belluscio y, por si querés algo claro, te mando el link del fallo
Bustos:
http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-ju ... pmocsollaf
Conozco y aplico el acertado método de negociación que referís, pero no estoy discutiendo cuánto valen los bonos (y, menos aún, los sujetos a legislación extranjera).
Reproduzco tu frase que motivó mi comentario inicial:
(El argumento del fallo es: no es confiscatorio, porque te dieron un bono en pesos, ajustable por inflacion con lo cual tu poder adquisitivo queda resguardado. En criollo : no protestes porque algo te dieron y estaba en emergencia el estado)
Ese comentario mío:
Sencillo argumento: EN EL PAIS, TE DIERON LO QUE CORRESPONDIA.
nada tiene que ver con las circunstancias de un canje ofrecido por un Estado insolvente, sólo defendían el argumento de un fallo justo, para la cuestión que resolvió.
Pero, no aburramos a los muchachos que siguen timbeando!
Josi gracias por el link. Voy a leer el fallo Bustos con detalle, para interiorizarme mejor.
Sigo igual sosteniendo que no hay argumento legal para confiscar sin indemnizacion previa (Art 17 Const), ya que si no me equivoco el art 28 dice que ninguna ley puede ir en contra de los derechos y garantias previstos en los art anteriores de la Const (entre ellos el 17). No veo forma legal de como se llega a la conclusion que algo , en este caso un derecho a cobrar (por ejemplo) 100 dolares con un interes x del 7%, pueda ser cambiado (sin indemnizacion previa) por algo de menor valor como lo fue (de hecho) los bonos pesificados actualizables por inflacion. Lo que es anticonstitucional, es justamente la quita compulsiva por algo de menor valor. Esa es la parte discrecional del fallo. En derecho creo que se le dice irrito a un fallo cuando es a todas luces tan injusto, que es nulo. Es como que mañana te golpeen la puerta de tu casa de 5 ambientes por ejemplo en Caballito y te digan esto no es mas tuyo, te damos un monoambiente en San Francisco Solano. Y la justicia te diga y bueno algo te dieron, en tu casa metimos 4 familias en emergencia, no jodas. La Constitucion no prevee un Concurso de Acreedores para el Estado, ese es el problema legal, que lo resolvieron por decreto, en contra de principios constitucionales y una justicia que lo avalo, vaya uno a saber porque motivo.
Volviendo a la negociacion, y viendo la oferta actual, fijate que los bonistas locales (seas tenedor de Ley Local y Ley NY) lo miras de afuera, no participas, por peso de tu tenencia en el caso de L NY nadie te participa (ni siquiera simbolicamente , podrian convocar un comite de bonistas), y Ley local ya dijeron que lo que salga alla te lo dan lo mismo (si es que no se les ocurre cambiarlo a menos). Esta claro que en la negociacion se debe ser lo mas duro posible, pero si no hay buena fe real , no creo que haya final feliz.
No se, aca podrian ofrecer: segmentacion por tenencias, con quitas ascendentes para los peces mas grandes, minimos sin quitas, que un porcentaje de la quita sea aplicable al pago futuro de impuestos.
Tambien hacer una mejor oferta, que focalice mas en el tiempo que es lo que Argentina necesita , en lugar de ir tan profundo en el VPN.
Y el otro punto en el que insisto, lo comente antes , lo comento con amigos y veo que todo (y todos) gira en torno a una logica binaria de "Patria-Buitres", o "Incumplidores seriales-Empresarios que solo quieren lo que le corresponde". No escuche ningun periodista de ningun medio que plantee que hay (por lo menos) 3 actores: El Estado, los peces gordos de afuera, y los pequeños bonistas locales. Y como todo en la vida, puede haber distintas soluciones para distintos problemas. No mas que reconozca eso el Estado, que se instale en el debate, seria poner la buena fe (que dicen tener) sobre la mesa para lograr mayor adhesion, y que se pueda resolver como una negociacion, y no otra vez como una confiscacion sin indemnizacion.
Y que siga la timba para los timberos! Todo lo que no esta prohibido por la ley, esta permitido! (O su version justicialista:" Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada

)
Saludos
D