¿Que bono?
Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
Af20...es mayor riesgo es q No lo paguen..si no debiera estar +50%
Alguien que lo siga mejor...besos
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Re: Títulos Públicos
09ezemarq escribió: ↑ Chicos, ojo con actuar en caliente... Tengan en cuenta todo los siguiente antes de traer guita al país, aclaro que acabo de traer una parte pero lo mio responde estrictamente a asuntos de diversificación (no tenía un goman acá para invertir y quería sumar ERAR y colchón).
1- Todavía no esta aclarado, pero dice que la alícuota no puede superar el doble de la máxima, o sea que si quedan en una escala menor seguramente sea la escala que te quede por tabla x 2, no el 2.50%, hay que esperar para eso de todos modos.
2- No se olviden que la foto es el 31/12 pero terminás pagando en Julio o más aún si te hacés el dolobu, la cotización quedó congelada el 31/12...
3- No se olviden que esa misma foto se multiplica por el oficial, no por el verdadero valor del dólar, que estimo será muy superior...
4- No se olviden que tienen el mínimo no imponible para descontar...
Con esto no digo que esta mal traerla, para nada, pero si lo hacen haganlo porque quieren invertir en algo acá o gastarla, no lo hagan por miedo, por lo menos hasta que sepan bien como viene la mano.
Saludos!!
Perdón, Txar, me quedé en el tiempo
Re: Títulos Públicos
Charly escribió: ↑ Si sale la ley ahora en 2019, " no se puede aplicar en el mismo periodo que se sanciono la ley" Harían un DNU y listo, tiene vigencia las tenencias al 31 de diciembre del 2020 ? ademas dicen que los podes repatriar para pagar la tasa normal. Se aplicaría al 31 de diciembre del 2020 ?
Chicos, ojo con actuar en caliente... Tengan en cuenta todo los siguiente antes de traer guita al país, aclaro que acabo de traer una parte pero lo mio responde estrictamente a asuntos de diversificación (no tenía un goman acá para invertir y quería sumar ERAR y colchón).
1- Todavía no esta aclarado, pero dice que la alícuota no puede superar el doble de la máxima, o sea que si quedan en una escala menor seguramente sea la escala que te quede por tabla x 2, no el 2.50%, hay que esperar para eso de todos modos.
2- No se olviden que la foto es el 31/12 pero terminás pagando en Julio o más aún si te hacés el dolobu, la cotización quedó congelada el 31/12...
3- No se olviden que esa misma foto se multiplica por el oficial, no por el verdadero valor del dólar, que estimo será muy superior...
4- No se olviden que tienen el mínimo no imponible para descontar...
Con esto no digo que esta mal traerla, para nada, pero si lo hacen haganlo porque quieren invertir en algo acá o gastarla, no lo hagan por miedo, por lo menos hasta que sepan bien como viene la mano.
Saludos!!
Re: Títulos Públicos
Si sale la ley ahora en 2019, " no se puede aplicar en el mismo periodo que se sanciono la ley" Harían un DNU y listo, tiene vigencia las tenencias al 31 de diciembre del 2020 ? ademas dicen que los podes repatriar para pagar la tasa normal. Se aplicaría al 31 de diciembre del 2020 ?
Re: Títulos Públicos
CAIPIRA HARLEY escribió: ↑ Y si lo declaras al efectivo y le decis que lo tenes en tu casa,,,van a venir a ver si es cierto que lo tenes ahi o lo tenes afuera?????![]()
![]()
seria muy gracioso eso
Si lo tenes en el exterior en un banco, la Afip cruza información, si lo tenes en un "colchón" el exterior o en un colchón dentro de Argentina, ahí podes decir la verdad o mentir, si están en un Banco, la AFIP tiene esa información.
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Re: Títulos Públicos
Esta bien, pero suponete que tenes un palito en la casa de tu hija en españa,,,y declaras que lo tenes aca,,, te van a pedir una foto y la geolocalizacion ?????



Re: Títulos Públicos
CAIPIRA HARLEY escribió: ↑ Y si lo declaras al efectivo y le decis que lo tenes en tu casa,,,van a venir a ver si es cierto que lo tenes ahi o lo tenes afuera?????![]()
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seria muy gracioso eso
Como que ya podes esperar cualquier cosa.
Recordá que hasta mayo BBPP se calculaba de una forma, hasta hoy de otra, y veremos si sale la ley, de otra, todo en el mismo año y firmado por el congreso.
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