Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
No es crítica, sólo una observación, pero es increíble la cantidad de tiempo que le dedica mucha gente a ver tema impositivo.
Qué sé yo, no creo sume tanto romperse la cabeza en ver cómo le pagás a estos delincuentes (sea el gobierno de turno que sea).
El aparato del Estado tiene suerte al tener contribuyentes tan interesados en hacer las cosas bien.
Me parece perfecto y ahora entiendo porqué tanta gente de mi alrededor se auto manifiesta apasionado por Impuestos.
No sé si es sano dedicarle tanto tiempo a estas cuestiones y romperte el marote para cumplir, en algunos casos más papistas que el Papa, pero cada cuál sabrá.
Lo que sí me sorprende que muchos le busquen mil vueltas a la ley y tal para tratar de cumplir como sea por más que los estén estafando. Acá sí creo tiene que primar un poquito el sentido común y saber que si te están cag.ando; los que se tienen que romper la cabeza para cobrarte es el estafador no el estafado.
Es mi humilde opinión, espero no ofender a nadie.
Saludos ,
Qué sé yo, no creo sume tanto romperse la cabeza en ver cómo le pagás a estos delincuentes (sea el gobierno de turno que sea).
El aparato del Estado tiene suerte al tener contribuyentes tan interesados en hacer las cosas bien.
Me parece perfecto y ahora entiendo porqué tanta gente de mi alrededor se auto manifiesta apasionado por Impuestos.
No sé si es sano dedicarle tanto tiempo a estas cuestiones y romperte el marote para cumplir, en algunos casos más papistas que el Papa, pero cada cuál sabrá.
Lo que sí me sorprende que muchos le busquen mil vueltas a la ley y tal para tratar de cumplir como sea por más que los estén estafando. Acá sí creo tiene que primar un poquito el sentido común y saber que si te están cag.ando; los que se tienen que romper la cabeza para cobrarte es el estafador no el estafado.
Es mi humilde opinión, espero no ofender a nadie.
Saludos ,
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DarGomJUNIN
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- Registrado: Mar Jul 29, 2008 6:52 pm
Re: Títulos Públicos
ironhide escribió:Si los tenes en Banco ya te dan calculado lo del 2018.
Si no, tenes que agarrar el primer cupón y restarle el proporcional a la cantidad de dias del 2017 y lo que te da multiplicar por el tipo de cambio comprador BNA del dia del pago del cupón.
AFIP ordenó a los ex agentes de bolsa (hoy Alyc), usar para informar BONOS el tipo de cambio VENDEDOR BNA del día de vencimiento del CUPÓN o sea su acreditación en CAJA DE VALORES.
Re: Títulos Públicos
dop escribió:Hola, te pregunto a que le llaman "papeles de trabajo", a lo que uno hace por ejemplo planilla exel o hay algo en la pagina del AFIP para que quede registrado. Por que si es en la planilla exel solo yo me entero.
Salu2
asi es.
Para que veas lo.improvisado de ésta porqueria .
Esto es fruto de la.cantidad de reclamos que.hicieron...y que se van seguir haciendo
Re: Títulos Públicos
zequi73 escribió:Debe ser para los papeles de trabajo, registras todo en ellos y luego pones el valor de ganancia bruta
Hola, te pregunto a que le llaman "papeles de trabajo", a lo que uno hace por ejemplo planilla exel o hay algo en la pagina del AFIP para que quede registrado. Por que si es en la planilla exel solo yo me entero.
Salu2
Re: Títulos Públicos
RusoLocoSuelto escribió:Resultado por compra venta de acciones cotizantes en la argentina no están alcanzadas por la RF. Tampoco los dividendos, aunque estos si tiene la retención de IIGG si son 2018 en adelante.
Además no hay papeles que coticen en Byma que se manejen en dólares, así que el 15% ya está mal en caso de que si se grabarán para mí.
Ok, muchas gracias!
Re: Títulos Públicos
zequi73 escribió:Debe ser para los papeles de trabajo, registras todo en ellos y luego pones el valor de ganancia bruta
Yo todos los bonos que tenga al 31/12/18 no los declaro, sean pesos o dólares, qué ganancia bruta ?
El año que viene veremos.
Re: Títulos Públicos
DiegoYSalir escribió:vos decis que entonces no pago nada x los cupones del ay24 en 2018?
obvio...lo restas de tu costo y te queda en tus registros.el nuevo valor para el 2019.
Re: Títulos Públicos
guilleg escribió:EL AY24 yo lo tengo registrado a 121.21 u$s y el AY24 a $ 2148
El AO20 a 112.25 u$s y a $ 1985
Para qué quieren los valores de los bonos, no era que no había que declararlos ?
Debe ser para los papeles de trabajo, registras todo en ellos y luego pones el valor de ganancia bruta
Re: Títulos Públicos
gina escribió:asi es pik, por ej el ay24 al 31/12/17 estaba creo a 1.16 dls...le restas el 8.75 cobrado en el 2018 y te queda a 1.0725...en el 2019 pagó amort + cupones pero partis de 1.0725 dls.
alguien me recuerda la cotiz.al 31/12/17 del ao20 y puo19 en dls? gracias
EL AY24 yo lo tengo registrado a 121.21 u$s y el AY24 a $ 2148
El AO20 a 112.25 u$s y a $ 1985
Para qué quieren los valores de los bonos, no era que no había que declararlos ?
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DiegoYSalir
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Re: Títulos Públicos
gina escribió:asi es pik, por ej el ay24 al 31/12/17 estaba creo a 1.16 dls...le restas el 8.75 cobrado en el 2018 y te queda a 1.0725...en el 2019 pagó amort + cupones pero partis de 1.0725 dls.
alguien me recuerda la cotiz.al 31/12/17 del ao20 y puo19 en dls? gracias
vos decis que entonces no pago nada x los cupones del ay24 en 2018?
Re: Títulos Públicos
pik escribió:Mi entendimiento es que los cupones no tienen prorrateo, pero la ventaja que tenés es que podés tomarlos a cotización del 31/12/2017 que estaban re altas, y desde ese valor podés descontar por art 90 ( compra sobre par) y art 95 (intereses año 2018 descontables) y así y todo te pueden llegar a queda con cotizaciones sobre la par.
asi es pik, por ej el ay24 al 31/12/17 estaba creo a 1.16 dls...le restas el 8.75 cobrado en el 2018 y te queda a 1.0725...en el 2019 pagó amort + cupones pero partis de 1.0725 dls.
alguien me recuerda la cotiz.al 31/12/17 del ao20 y puo19 en dls? gracias
Re: Títulos Públicos
Charly escribió:
Hola por los cupones percibidos en el año 2018, también hay que prorratear? y declarar solo lo que corresponde al año 2018 ?
Es que en el año 2017 el impuesto no existía?
Pero esta nota dice que este prorrateo solo se hace con los plazos fijos:
https://www.cronista.com/economiapoliti ... -0020.html
Mi entendimiento es que los cupones no tienen prorrateo, pero la ventaja que tenés es que podés tomarlos a cotización del 31/12/2017 que estaban re altas, y desde ese valor podés descontar por art 90 ( compra sobre par) y art 95 (intereses año 2018 descontables) y así y todo te pueden llegar a queda con cotizaciones sobre la par.
Re: Títulos Públicos
Talos00 escribió:
Gracias Pik, el tema es que si lo omito y aplico el MNI, no me da saldo a pagar, entonces no tendría que presentar ni VEP ni declaración jurada?
Ok. Tenés dos opciones, fíjate entonces si podés aprovecha el mni de este año y no haces uso de la opción. Art 95 y no Pagas, o si tenés otras transacciones, hace la declaracion igual y cuando te de que le descuentes el mni te dará que no pagas, es decir harías la declaración para decirles que estas abajo del mni y no pagas.
Re: Títulos Públicos
Charly escribió:Hola por los cupones percibidos en el año 2018, también hay que prorratear? y declarar solo lo que corresponde al año 2018 ?
Es que en el año 2017 el impuesto no existía?
Pero esta nota dice que este prorrateo solo se hace con los plazos fijos:
https://www.cronista.com/economiapoliti ... -0020.html
Si los tenes en Banco ya te dan calculado lo del 2018.
Si no, tenes que agarrar el primer cupón y restarle el proporcional a la cantidad de dias del 2017 y lo que te da multiplicar por el tipo de cambio comprador BNA del dia del pago del cupón.
Re: Títulos Públicos
habrá tantas liquidaciones de imp antifinanciero , como giles que.compramos algún bono de país con políticos y burócratas chorros.
esperemos que la recaudación se nula
esperemos que la recaudación se nula
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