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gina
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Mensajepor gina » Vie May 10, 2019 8:49 am
EJS escribió:Te consulto si esta opción es válido solo para el ejercicio 2018 , recuerdo haber leído algo sobre lo que comento , para el próximo ejercicio no sería posible descontar los cupones de la diferencia entre compra venta en el caso de venta , yo tengo bonos que vendí y otros que me quede , gracias
la duda es como descontar del precio en el aplicativo o directamente No poner para el cálculo.los cupones del 2018 y guardar como resguardo el precio ajustado para el dia que se venda.el bono
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Vie May 10, 2019 12:46 am
EJS escribió:Te consulto si esta opción es válido solo para el ejercicio 2018 , recuerdo haber leído algo sobre lo que comento , para el próximo ejercicio no sería posible descontar los cupones de la diferencia entre compra venta en el caso de venta , yo tengo bonos que vendí y otros que me quede , gracias
Sí, esa excepción legal es sólo por período fiscal 2018 y aún se discute HOY a nivel GOBIERNO NACIONAL, si se aplica a los que NO vendieron bonos EN ESE LAPSO LEGAL. Decir que es un BODRIO LEGAL, es gran ELOGIO. 
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EJS
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Mensajepor EJS » Jue May 09, 2019 11:30 pm
d34a escribió:Me acaban de dar la respuesta. Me suena que debe ser un copy&paste:
Así que el siguiente paso fue mandar un mail a
ciudadano@mecon.gob.ar con el título "Inconsistencia en impuesto cedular entre AFIP y Secretaría de Ingresos Públicos" y el siguiente contenido:
Veremos qué contestan
Te consulto si esta opción es válido solo para el ejercicio 2018 , recuerdo haber leído algo sobre lo que comento , para el próximo ejercicio no sería posible descontar los cupones de la diferencia entre compra venta en el caso de venta , yo tengo bonos que vendí y otros que me quede , gracias
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Jue May 09, 2019 8:43 pm
hernan1974 escribió:estan obligados?? el mio (es una casa chica) me mando un listado de movimientos del 2018... lo mismo de todos los años...
Consulta en AFIP si esa información cumple con las condiciones legales. 
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hernan1974
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Mensajepor hernan1974 » Jue May 09, 2019 8:34 pm
DarGomJUNIN escribió:El antiguo AGENTE DE BOLSA (ahora ALYC) manda la información al cliente que tenga RENTA FINANCIERA 2018. 
estan obligados?? el mio (es una casa chica) me mando un listado de movimientos del 2018... lo mismo de todos los años...
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gina
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Mensajepor gina » Jue May 09, 2019 8:16 pm
DarGomJUNIN escribió:Llámalo por teléfono o por mail, tiene obligación legal de darte TODA su información sobre RENTA FINANCIERA por Nº de cuenta. Es la misma que ya le pasó antes a AFIP. Habrá coincidencia perfecta. 
Dario, ahora faltará ver cto dice la.afip que se pagar según sus cálculos versus los del inversor oligarka?
seria un milagro que coincidiera
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lehmanbrothers
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Mensajepor lehmanbrothers » Jue May 09, 2019 8:10 pm
DarGomJUNIN escribió:Llámalo por teléfono o por mail, tiene obligación legal de darte TODA su información sobre RENTA FINANCIERA por Nº de cuenta. Es la misma que ya le pasó antes a AFIP. Habrá coincidencia perfecta. 
es el 151?
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Jue May 09, 2019 8:06 pm
alfil escribió:Cómo me contacto con el?
Llámalo por teléfono o por mail, tiene obligación legal de darte TODA su información sobre RENTA FINANCIERA por Nº de cuenta. Es la misma que ya le pasó antes a AFIP. Habrá coincidencia perfecta. 
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corocha
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Mensajepor corocha » Jue May 09, 2019 7:58 pm
Gente una duda con respecto a LECAP, capas q bastante básica: si compro 100.000 nominales de LECAP con vencimiento ej 31/07 (faltan 86 dias) en el mercado secundario a un precio ej 1.02, esto da una inversion inicial de $ 102.000. La pregunta es:
Como se calcula la tasa del dia de hoy?
Cuanto voy a cobrar al vencimiento?
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alfil
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Mensajepor alfil » Jue May 09, 2019 7:46 pm
DarGomJUNIN escribió:El antiguo AGENTE DE BOLSA (ahora ALYC) manda la información al cliente que tenga RENTA FINANCIERA 2018. 
Cómo me contacto con el?
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Jue May 09, 2019 7:42 pm
alfil escribió:Darío, podés explicar esto.. quien manda el informe, para quien..
El antiguo AGENTE DE BOLSA (ahora ALYC) manda la información al cliente que tenga RENTA FINANCIERA 2018. 
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alfil
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Mensajepor alfil » Jue May 09, 2019 7:39 pm
DarGomJUNIN escribió:Un aplauso para todos los ex Agentes de Bolsa, me llegó la información lista para volcar a AFIP, han hecho un muy buen trabajo, todo servido en bandeja de plata, no hay que buscar cotizaciones ni cierres de dólar. Excelente labor.

Me duelen las manos de tanto aplaudir.
MISIÓN CUMPLIDA POR TODOS LOS AGENTES BURSÁTILES. Ojo con el CÓDIGO, porque como corresponde es el de la CAJA DE VALORES, hay que cambiarlo por el que le asignó AFIP, que es también de 5 dígitos pero muy distinto. Si alguno no lo recibió, que espere unos días antes de reclamar, porque el ALYC puede tener miles de clientes. Muchas gracias por este excelente y claro trabajo, que AFIP averigüe como se llegó a esos números, que es lo ÚNICO QUE TENEMOS OBLIGACIÓN LEGAL DE DECLARAR. 
Darío, podés explicar esto.. quien manda el informe, para quien..
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Jue May 09, 2019 6:25 pm
Un aplauso para todos los ex Agentes de Bolsa, me llegó la información lista para volcar a AFIP, han hecho un muy buen trabajo, todo servido en bandeja de plata, no hay que buscar cotizaciones ni cierres de dólar. Excelente labor.

Me duelen las manos de tanto aplaudir.
MISIÓN CUMPLIDA POR TODOS LOS AGENTES BURSÁTILES. Ojo con el CÓDIGO, porque como corresponde es el de la CAJA DE VALORES, hay que cambiarlo por el que le asignó AFIP, que es también de 5 dígitos pero muy distinto. Si alguno no lo recibió, que espere unos días antes de reclamar, porque el ALYC puede tener miles de clientes. Muchas gracias por este excelente y claro trabajo, que AFIP averigüe como se llegó a esos números, que es lo ÚNICO QUE TENEMOS OBLIGACIÓN LEGAL DE DECLARAR. 
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DarGomJUNIN
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Mensajepor DarGomJUNIN » Jue May 09, 2019 5:01 pm
d34a escribió:A mí me suena más a que se les complicaba la programación de esta opción en la aplicación Web entonces lo dejaron así, porque la diferencia de recaudación va a ser relativamente pequeña.
Excelente "d34a", el gobierno pregona la seguridad juridica y el ministro correspondiente esta PINTADO, ante los criterios cruzados entre la SIP y la AFIP. Otro camino podría ser intentar un recurso de amparo que HAGA RUIDO con esas posiciones discordantes en tan alto nivel de decisiones y que afectan toda la geografía del país. Una locura impositiva, obligar a vender los bonos, para poder tomar la imputación de intereses al costo. Puede sospecharse que hay interesados en comprar barato a fin de año, induciendo esas operaciones. Sería otro tema para puntualizarlo al juez del amparo. Preséntenlo ante Ramos Padilla u otro juez con firmeza similar. 
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