Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
El Banco Central de la República Argentina efectuó en el día de la fecha una subasta Letras de Liquidez a 7 días de plazo.
El monto adjudicado fue de $VN 151.371 millones, a una tasa máxima adjudicada de 59,60%.
La tasa promedio de corte se ubicó en 59,435%, siendo la tasa mínima adjudicada de 58,50%
El monto adjudicado fue de $VN 151.371 millones, a una tasa máxima adjudicada de 59,60%.
La tasa promedio de corte se ubicó en 59,435%, siendo la tasa mínima adjudicada de 58,50%
Re: Títulos Públicos
Talos00 escribió:Estimados, en RF dicen que "se podrá optar por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado". Esto significa diferir el impuesto, pero si al momento de venta del título (digamos 2019), la cotización del bono menos el costo menos el rendimiento 2018, me da pérdida en dólares y ganancia en pesos superando el MNI, tendré que pagar RF por el ejercicio 2019 o no? Qué opinan?
El cálculo lo haces en USD y luego convertís a ARS. Si tenés perdida es USD, es pérdida, lo que te da "positivo es ARS" es diferencia de cambio (no alcanzada por impuesto para personas físicas)
Re: Títulos Públicos
daniolimpo escribió:Estimados, alguno ya cobró el cupón del DICY? Me pagaron ya los del DICA ayer, pero DICY no aparece, ni siquiera en el PUC (eso es lo que más me extraña... no es el Banco el que me lo está durmiendo)
A alguien le pasó lo mismo?
Hola, tranquilo mañana o el lunes lo cobras, se demora unos días mas por que son ley NY, el año pasado lo pagaron el 05/01 fue el cuarto día hábil.
Salu2
Re: Títulos Públicos
Nicklaus escribió:Además, si no es así, varios van a ser los que compraron / canjearon en su oportunidad hasta por ejemplo un DICA bajo la par, por lo que, salvo en el 2018 porque está expresamente establecido la posibilidad de deducir las rentas del costo, va a tener que pagar por tener un bono suscripto bajo la par.
De locos.
Pero para el díca, eso lo pagarías en más de 10 años, lo vas pagando con los intereses. No es una mal opción.
Yo estoy viendo que algunos díca si le aplicó eso me quedan bajo la par, tengo que ver cómo es el MNI si es por bonos y otro para Pedido lebacs y el resto de las cosas para ver si conviene hacerlo o no, ya que tal vez te convenga no hacerlo para aprovechar el mni o una parte de el.
No es facil
Re: Títulos Públicos
Fredo16 escribió:Exacto, sólo queda esperar. No obstante suponiendo que el impuesto cedular se hace por separado, en la declaración "general" de Ganancias hay que reflejarlo ya que como sabemos impacta en el Patrimonio. El tema será cómo "adaptan" los aplicativos para que quede correctamente reflejado (porque si para "determinar" el impuesto se hace por separado, pero esas rentas en el esquema general se cargan como "no computables" para no generar doblemente un impuesto....en definitiva no quedará bien reflejado en JVP)...
Seguramente bajo el rubro OTRAS RETENCIONES o DEDUCCIONES ESPECIALES te dejaran declarar lo que pagamos como impuesto a la renta financiera para poder así justificar nuestro patrimonio real
Ahora se me creo una duda mas ( entre tantas) , yo estoy trabajando bajo relación de dependencia y mi empleador me envió un preliminar del IG (F649 codigo 221 )donde veo
Ganancia no imponible........$66.917.91
es decir ya me aplico como todos los años el MNI a mis retenciones de ganancias de 4ta categoría , sera que NO lo puedo deducirlo del IRF porque lo estaría aplicando dos veces
Re: Títulos Públicos
Tomalo todo con pinzas, pero supongo que los casos en que no corresponde ingresar el impuesto, no va a existir obligación de inscribirse en el mismo. Ahora por lo de este año entra con todo.
Talos00 escribió:Un contribuyente no alcanzado por el impuesto a las ganancias que compró un bono D en 2017 y cobró cupón que convertido a pesos supera el MNI, y afecta los intereses 2018 al costo computable del título, debe inscribirse en el impuesto cedular, para declarar una ganancia que no tributará y que diferirá en el tiempo (y tal vez quede debajo del MNI del año subsiguiente), debería mantenerse como NO inscripto en el impuesto a las ganancias del régimen general? ...no se si se entendió la pregunta (la puedo traducir al arameo para hacerla más fácil si quieren).
Re: Títulos Públicos
Z37A escribió:Refinanciar con el FMI??? Jajajaja contate otro...(Con respeto lo digo, sin ánimos de ofender) y con privados en que resultaría, a lo sumo una pausa en los pagos pro un tiempito, acumulando mas intereses y pateando para adelante, pero eso no permitiría la entrada de verdes, y hoy los únicos verdes que entran(y como entran salen) son del FMI, esa canilla se cierra en Enero del 2020!
Yo no descartaría, de hecho piendo eso.
Por otro lado terrible fuerza de los bonos argentos en un día malo en lo global..
Ahora por la tarde le siguen las acciones y cerramos otro buen día.
Re: Títulos Públicos
daniolimpo escribió:Estimados, alguno ya cobró el cupón del DICY? Me pagaron ya los del DICA ayer, pero DICY no aparece, ni siquiera en el PUC (eso es lo que más me extraña... no es el Banco el que me lo está durmiendo)
A alguien le pasó lo mismo?
DICY es legislación NY, tardá más.
Re: Títulos Públicos
Fredo16 escribió:Exacto, sólo queda esperar. No obstante suponiendo que el impuesto cedular se hace por separado, en la declaración "general" de Ganancias hay que reflejarlo ya que como sabemos impacta en el Patrimonio. El tema será cómo "adaptan" los aplicativos para que quede correctamente reflejado (porque si para "determinar" el impuesto se hace por separado, pero esas rentas en el esquema general se cargan como "no computables" para no generar doblemente un impuesto....en definitiva no quedará bien reflejado en JVP)...
Un contribuyente no alcanzado por el impuesto a las ganancias que compró un bono D en 2017 y cobró cupón que convertido a pesos supera el MNI, y afecta los intereses 2018 al costo computable del título, debe inscribirse en el impuesto cedular, para declarar una ganancia que no tributará y que diferirá en el tiempo (y tal vez quede debajo del MNI del año subsiguiente), debería mantenerse como NO inscripto en el impuesto a las ganancias del régimen general? ...no se si se entendió la pregunta (la puedo traducir al arameo para hacerla más fácil si quieren).

Re: Títulos Públicos
que taradez tener.q.pagar imp. con bono basura como la del eunuco inútil.
algún estudio de abogados debiera mover el tema asi revienta en los medios
algún estudio de abogados debiera mover el tema asi revienta en los medios
Re: Títulos Públicos
Además, si no es así, varios van a ser los que compraron / canjearon en su oportunidad hasta por ejemplo un DICA bajo la par, por lo que, salvo en el 2018 porque está expresamente establecido la posibilidad de deducir las rentas del costo, va a tener que pagar por tener un bono suscripto bajo la par.
De locos.
De locos.
Fredo16 escribió:Lo mismo pensé, NO se puede ajustar en el cuadro de JVP el PNI (que es el PNC del año anterior), entonces... cómo reflejas el "nuevo valor base" para calcular los intereses gravados?. Y los que se deducen del costo al 31/12/2017? al final lo vas a tener en cash o bien en otro producto y eso es un aumento patrimonial que no se en que concepto se lo incluirá...
Después tenés lo que están publicando los diarios hoy: que será una declaración "por separado"... pero volvemos a lo mismo, quien estaba inscripto en el impuesto debería reflejarlo en su liquidación general y no por separado ya que sino lo tiene que hacer 2 veces... en fin
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Re: Títulos Públicos
gina escribió:que.bonos brasucas hay para invertir y huir de.estos ineptos?
Tranquila. Este año hay elecciones y si gana alguien más liberal que Macri, como pueden ser Pitrola o Del caño
seguro que derogar este adefesio.
Re: Títulos Públicos
Estimados, en RF dicen que "se podrá optar por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado". Esto significa diferir el impuesto, pero si al momento de venta del título (digamos 2019), la cotización del bono menos el costo menos el rendimiento 2018, me da pérdida en dólares y ganancia en pesos superando el MNI, tendré que pagar RF por el ejercicio 2019 o no? Qué opinan?
Re: Títulos Públicos
que.bonos brasucas hay para invertir y huir de.estos ineptos?
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Re: Títulos Públicos
Estimados, alguno ya cobró el cupón del DICY? Me pagaron ya los del DICA ayer, pero DICY no aparece, ni siquiera en el PUC (eso es lo que más me extraña... no es el Banco el que me lo está durmiendo)
A alguien le pasó lo mismo?
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