czekajlo escribió:considerarla para renta financiera 2018
O 2019 que es cuando se percibe realmente. Deberán aclaralo pero sería lo correcto.
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czekajlo escribió:considerarla para renta financiera 2018
Marcos_44 escribió:Ralliv te consulto para desasnarme, hoy estas pagando 100 algo que en realidad vale 140(v.tecnico), o sea hoy el DICA debería andar en un contexto normal en los $5300 siguiendo el valor de emisión?
Esa amortizacion acumulada de 14000 tiene incluida capitalizacion de intereses que hubo hasta el 31.12.2013 que pasa a ser parte del capital principal? grazie
tavy escribió:Se te veía con ganas de entrarle al DICA.
Paga el 31, miércoles o jueves de la semana próxima te lo deberían acreditar.
Febo escribió:Al cierre......
tavy escribió:Se te veía con ganas de entrarle al DICA.
Paga el 31, miércoles o jueves de la semana próxima te lo deberían acreditar.
tavy escribió:Se te veía con ganas de entrarle al DICA.
Paga el 31, miércoles o jueves de la semana próxima te lo deberían acreditar.
alfil escribió:gracias a todos .
puede ser que mi agente ya hayan depositado la renta ? deberia pagarla el 31, no ??
Marcos_44 escribió:Me parece que se esta mezclando nominales con valor efectivo, según creo te paga el 8.28% sobre la cantidad de nominales.
zequi73 escribió:Afip publico algunas aclaraciones
http://www.afip.gob.ar/noticias/2018122 ... ancias.asp
Casos particulares
Venta de títulos argentinos expresados en dólares el resultado de venta gravado se determina por la diferencia entre el precio de costo y el de venta, ambos en dólares.
Títulos con plazo mayor a un año y existentes al 31/12/18 se gravan los intereses por el régimen de devengado y los títulos con plazo menor a un año, se tomará el criterio de lo percibido.
En el caso de la enajenación de determinados valores, la norma establece la actualización del costo de adquisición mediante la aplicación del índice de precios internos al por mayor (IPIM), desde la fecha de adquisición hasta la fecha de transferencia.
Los quebrantos de rentas financieras son específicos en función de su naturaleza, se permite compensar entre clases.
Pasen y vean
La de los quebrantos no la entendi, la naturaleza vendria a ser UVA/ CER, dolares, badlar, tasa fija o esa es la clase?
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