
Títulos Públicos
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Re: Títulos Públicos
GAITA07 escribió:
Hola Silverado....te pregunto en efectivo si tengo DOLARES y PESOS en EFECTIVO en la comitente , y hablando con un contador me dice que paga BBPP y otro inversor viejo me dice que no.
Dile al viejo inversor que ya está para la jubilación, que se informe mejor con fuentes serias y que haga urgentes las rectificativas de BB.PP.
Hola Silverado....te pregunto en efectivo si tengo DOLARES y PESOS en EFECTIVO en la comitente , y hablando con un contador me dice que paga BBPP y otro inversor viejo me dice que no.
Dile al viejo inversor que ya está para la jubilación, que se informe mejor con fuentes serias y que haga urgentes las rectificativas de BB.PP.

Re: RE: Re: Títulos Públicos
DiegoYSalir escribió:las acciones de empresas nacionales que cotizan en bolsa no estan gravadas ejemplo ypfd bma pamp etc
Exacto, aclarado en mi reciente comentario. Muchas gracias por la observación.-
Slds.-
Re: Títulos Públicos
Fredo16 escribió:Mi ERROR, las acciones NO pagan impuesto a los bienes personales. Disculpas por generar confusión.
Les paso un resumen de cuál es el tratamiento de cada activo tanto en Ganancias como en Bienes Personales antes y después del impuesto (no es de mi autoria, pero lo analicé y entiendo es correcto).
Y les paso otro donde está específicamente el tema acciones en el Impuesto a las Ganancias.
Después tenemos el caso de activos de Brasil (los invito a ver el Foro de EWZ donde con otro forista comentamos el tema en cuestión y analizamos el Convenio con Brasil).
Espero les sirva y agradezco sus aportes y comentarios.-
Slds.-
ACLARACIÓN: Tratamiento "antes y después de la Reforma Tributaria" (disculpen es la hora y por escribir rápido cometo estos errores)
Re: Títulos Públicos
Patan escribió:Suscribo, buen resumen... con la aclaracion q acciones locales, si bien esta gravado, paga la propia sociedad como responsable sustituto, vos solo informas
Mi ERROR, las acciones NO pagan impuesto a los bienes personales. Disculpas por generar confusión.
Les paso un resumen de cuál es el tratamiento de cada activo tanto en Ganancias como en Bienes Personales antes y después del impuesto (no es de mi autoria, pero lo analicé y entiendo es correcto).
Y les paso otro donde está específicamente el tema acciones en el Impuesto a las Ganancias.
Después tenemos el caso de activos de Brasil (los invito a ver el Foro de EWZ donde con otro forista comentamos el tema en cuestión y analizamos el Convenio con Brasil).
Espero les sirva y agradezco sus aportes y comentarios.-
Slds.-
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Re: Títulos Públicos
GAITA07 escribió:Hola Silverado....te pregunto en efectivo si tengo DOLARES y PESOS en EFECTIVO en la comitente , y hablando con un contador me dice que paga BBPP y otro inversor viejo me dice que no.
Al viejo le pediria consejos sobre viagra (te juro q es la primera vez q me pasa....)... de los saldos le confiaria mas a un contador
Re: Títulos Públicos
Fredo16 escribió:Buenas noches, te respondo a tu consulta:
Impuesto sobre los Bienes Personales: PAGA Bienes Personales las tenencias en efectivo (sea la moneda que fuere... en caso de moneda extranjera se valúa al tipo de cambio comprador al cierre). En caso de que el dinero esté en cuenta comitente se "asimila" a efectivo por lo que también paga Bienes Personales por el saldo al cierre. Únicamente se encuentra exento de Bienes personales los saldos en Caja de Ahorro (NO los saldos en Cuenta Corriente, los cuales también pagan el impuesto).- En cuanto a inversiones financieras solamente están exentos los títulos públicos de Nación, Provincias y Municipios; como así también los saldos en Plazo Fijos; en el caso de LETES también está exento (se asimila a un título público Nacional), y en el caso de las LEBACS lo mismo (si bien son notas del BCRA). Te indico lo exento, el resto todo gravado (siempre hablando de personas físicas).- Tenencia de acciones gravadas, FCI gravados, Obligaciones Negociables gravados.... etc.-
En cuanto a la consulta de la Diferencia de Cambio por la tenencia de moneda extranjera en el Impuesto a las Ganancias: la misma está exenta (en realidad NO gravada) para el caso de personas físicas. Está gravada para personas jurídicas.-
Espero te sirva.-
Slds.-
Suscribo, buen resumen... con la aclaracion q acciones locales, si bien esta gravado, paga la propia sociedad como responsable sustituto, vos solo informas
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Re: RE: Re: Títulos Públicos
Fredo16 escribió:
Buenas noches, te respondo a tu consulta:
Impuesto sobre los Bienes Personales: PAGA Bienes Personales las tenencias en efectivo (sea la moneda que fuere... en caso de moneda extranjera se valúa al tipo de cambio comprador al cierre). En caso de que el dinero esté en cuenta comitente se "asimila" a efectivo por lo que también paga Bienes Personales por el saldo al cierre. Únicamente se encuentra exento de Bienes personales los saldos en Caja de Ahorro (NO los saldos en Cuenta Corriente, los cuales también pagan el impuesto).- En cuanto a inversiones financieras solamente están exentos los títulos públicos de Nación, Provincias y Municipios; como así también los saldos en Plazo Fijos; en el caso de LETES también está exento (se asimila a un título público Nacional), y en el caso de las LEBACS lo mismo (si bien son notas del BCRA). Te indico lo exento, el resto todo gravado (siempre hablando de personas físicas).- Tenencia de acciones gravadas, FCI gravados, Obligaciones Negociables gravados.... etc.-
En cuanto a la consulta de la Diferencia de Cambio por la tenencia de moneda extranjera en el Impuesto a las Ganancias: la misma está exenta (en realidad NO gravada) para el caso de personas físicas. Está gravada para personas jurídicas.-
Espero te sirva.-
Slds.-
las acciones de empresas nacionales que cotizan en bolsa no estan gravadas ejemplo ypfd bma pamp etc
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Re: Títulos Públicos
Que compre solo 100 millones de dolares y que mande los siguientes mensajes:
1) Este es el piso y no queremos otra vez atraso cambiario (aunque lo quieran).
2) Compraste por primera vez dolares luego de una corrida fenomenal, por lo que haria bajar el riesgo pais (en teoria).
3) Das certidumbre de que estás cumpliendo con lo planeado.
En fin...
1) Este es el piso y no queremos otra vez atraso cambiario (aunque lo quieran).
2) Compraste por primera vez dolares luego de una corrida fenomenal, por lo que haria bajar el riesgo pais (en teoria).
3) Das certidumbre de que estás cumpliendo con lo planeado.
En fin...
Re: Títulos Públicos
silverado escribió:la tenencia en dolares pagas ganancias por la diferencia de cambio, por ej si compraste a 20 y cierra el año a 38 por los 18 pagas ganancias, depende los minimos o los importes que dispongas, lo mejor un contador
Estimado, esto no es así para personas físicas. Las diferencias de cambio están gravadas solo para personas jurídicas.-
Otro tema es el impuesto cedular del 15% sobre la transferencia de inmuebles que rige desde el 01 de Enero de 2018, donde se considera gravada la diferencia de cambio y hay una gran discusión al respecto.-
Slds.-
Re: Títulos Públicos
GAITA07 escribió:Hola Silverado....te pregunto en efectivo si tengo DOLARES y PESOS en EFECTIVO en la comitente , y hablando con un contador me dice que paga BBPP y otro inversor viejo me dice que no.
Buenas noches, te respondo a tu consulta:
Impuesto sobre los Bienes Personales: PAGA Bienes Personales las tenencias en efectivo (sea la moneda que fuere... en caso de moneda extranjera se valúa al tipo de cambio comprador al cierre). En caso de que el dinero esté en cuenta comitente se "asimila" a efectivo por lo que también paga Bienes Personales por el saldo al cierre. Únicamente se encuentra exento de Bienes personales los saldos en Caja de Ahorro (NO los saldos en Cuenta Corriente, los cuales también pagan el impuesto).- En cuanto a inversiones financieras solamente están exentos los títulos públicos de Nación, Provincias y Municipios; como así también los saldos en Plazo Fijos; en el caso de LETES también está exento (se asimila a un título público Nacional), y en el caso de las LEBACS lo mismo (si bien son notas del BCRA). Te indico lo exento, el resto todo gravado (siempre hablando de personas físicas).- Tenencia de acciones gravadas, FCI gravados, Obligaciones Negociables gravados.... etc.-
En cuanto a la consulta de la Diferencia de Cambio por la tenencia de moneda extranjera en el Impuesto a las Ganancias: la misma está exenta (en realidad NO gravada) para el caso de personas físicas. Está gravada para personas jurídicas.-
Espero te sirva.-
Slds.-
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Re: Títulos Públicos
ELQUILMEÑO escribió:https://www.cronista.com/finanzasmercad ... -0036.html
Si suponen que al llegar a la banda inferior el BCRA no va a intervenir, para que catzo hablan de bandas si al fin y al cabo, al llegar a tocarlas abajo o arriba el bcra mira para el otro lado? da lo mismo 35/44 que 15/80 que 40/41, total ni fu ni fa.
No entiendo, si alguien me puede iluminar...
Dentro de las bandas el FMI no les deja intervenir.
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Re: Títulos Públicos
https://www.cronista.com/finanzasmercad ... -0036.html
Si suponen que al llegar a la banda inferior el BCRA no va a intervenir, para que catzo hablan de bandas si al fin y al cabo, al llegar a tocarlas abajo o arriba el bcra mira para el otro lado? da lo mismo 35/44 que 15/80 que 40/41, total ni fu ni fa.
No entiendo, si alguien me puede iluminar...
Si suponen que al llegar a la banda inferior el BCRA no va a intervenir, para que catzo hablan de bandas si al fin y al cabo, al llegar a tocarlas abajo o arriba el bcra mira para el otro lado? da lo mismo 35/44 que 15/80 que 40/41, total ni fu ni fa.
No entiendo, si alguien me puede iluminar...
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Re: Títulos Públicos
gustavodferreyra escribió:Increible alguien me dijo eso una vez y no lo podía creer, si sacás la plata del banco y la tenés en tu casa en una caja fuerte (no creo que nadie se anime a hacer eso con pesos), tenes que pagar bienes personales al 31 de diciembre, si la dejas en la caja de ahorro no pagas nada.
Es así desde que tengo memoria. Estimo que si estamos en este foro mal o bien no tenés los pesos en la caja fuerte jajaja.
Si prestás atención a fin de año suben las tenencias en las cajas de ahorro a la vista, aumentan los rescates de los FCI, etc...... quizás a nosotros no nos mueva la aguja, pero hay gente a la que sí.

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