Billy Ray Valentine escribió:Todavia estoy esperando que alguien de informacion acerca de como resolver el misterio de la devolucion del 20% y 35% para un empleado que no paga ganancias.
No hay web site, diario, o lo q sea, que diga exactamente como se esta en condiciones de recibir al devolucion y cuanto tarda.
No puedo aceptar que el que paga ganancias reciba la devolucion al siguiente mes, y el que no paga se lo empernen.
Echegaray preocupadisimo que no puedas aceptar eso. Pero lamentablemente, es la realidad. De hecho, como se trata de una normativa "casi" en blanco, se estan dando algunos casos bastante curiosos y ruinosos: gente que pidió y rompió la guindas para que le reintegren el monto, terminan teniendo una resolución donde se les indica que dado que la Instrucción General interna no indica forma de pago, simplemente se le devuelve como saldo de libre disponibilidad. Acto seguido, por segunda Resolución, se les indica que se abre una instancia de inspección formal cuyo único objetivo es que se proceda a la inscripción sea en el Régimen Simplificado o en el General (y por lo tanto, reintegrando el monto que te devolvieron porque probablemente te comas un ajuste por verificación).-
El procedimiento arranca en Agencia, donde pasa por Trámites y termina con resolución del Jefe de Agencia pasándolo al área interviniente en central. Esa área realiza un segundo control general de cumplimiento de obligaciones, que puede dar lugar a una fiscalización (sea esta preventiva o modular), y es ahí donde muchas veces duermen el sueño de los justos. Porque básicamente no hay tiempos para realizar los análisis correspondientes o girar las solicitudes de información.
Es todo lo que te puedo comentar ahora. De todos los casos que he visto pasar en diverso detalle, solamente a dos se les procedió a hacer reintegros y creo que fue más por uso del factor "suerte" o "aleatoriedad" que otra cosa. No vi mayores diferencias con el resto de los casos que NO cobraron nada, y que simplemente seguían en espera.
Saludos alcistas