
Scioli es el mismo que cuando el Merval corregía se pensaban que era por la continuidad de la era K ???
Es lo hermoso del foro...

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boquita escribió:http://www.desdelabolsaendirecto.com/
muy bueno todo lo hablado del oil y sus perspectivas
un capo un tal Nicolas Fiore y cia!
a parte , la musica!!!!
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her_unlimited escribió:gente alguien sabe que porcentaje debe ser el sueldo respecto de lo que se invierte para que no sea operación sospechosa?? en el banco a mi hermana le dicen que el sueldo no le alcanza y que si no justifica otros ingresos por ahí le cierran la cuenta de FCI. O sea la ganancia que se hace con la inversión bien gracias...
gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-
gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-
quienduda escribió: Se agradece mucho estimado![]()
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gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-
kenshi escribió:Hay que equilibrar el cosmos
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