Títulos Públicos

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fabio
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor fabio » Mar Ene 01, 2019 6:51 pm

dioslo escribió:Pienso igual. Cualquiera que la reflexione va a decidirse por lo que dices. Creo que la última modificación sobre los bonos es para no mover el avispero pero con lo de los plazos fijos se va a despelota igual.

No creo para nada que suceda eso, el mercado piensa eso y una vez más no va a suceder...En abril el mercado pensaba que el merval volvía a 1800 dólares y muchos , la gran mayoría se vendió en dolares a 25 y cerró casi en 40....

dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Mar Ene 01, 2019 6:22 pm

gina escribió:

Pienso igual. Cualquiera que la reflexione va a decidirse por lo que dices. Creo que la última modificación sobre los bonos es para no mover el avispero pero con lo de los plazos fijos se va a despelota igual.

gina
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor gina » Mar Ene 01, 2019 6:06 pm

[quote="guilleg"]Y como no se van a inscribir, cuando el banco les pida la ddjj para hacer plazos fijos se van al dolar billete.

salvo q sea guita nueva, el bco con el pf ya activo no le va pedir dj.
al bco no le importa.
el jubilado o inversor en p fijo..le dirá"no renueves nada...dejalo en c ahorro y al toque.compra.verdes y los deja en c ahorro y cdo los saque...al colchón para nunca mas volver!!!

dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Mar Ene 01, 2019 6:01 pm

guilleg escribió:Dioslo, no entiendo tu razonamiento.
La AFIP dice:
Podrás optar por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado.
Ejemplo: el AY24 me dio x u$s de ganancia por cupones en el año. Si yo los tenía al 31/12/17, el nuevo costo será el la cotización a esa fecha MENOS esos dolares. En consecuencia el proximo año voy a pagar mas impuesto porque se achica la diferencia entre el costo y la par. Si los compré en el 2018, lo mismo se achica el costo, etc...

A ver si me explico mejor : el detrimento patrimonial por lámina de 100 considerando que ya tenías en posesión el título antes, sería el del 31/12/17 pongamos el ay24d 116.25 o el valor par 100 restado al valor del 31/12/18 de 93.3 sería 116.25- 93.3=22.95 o si es a la par el valor de referencia 116.25-100=16.25. Como el título paga un interés de 8.75 en el año. Todo esto pasado a pesos al 31/12/18. Solamente por este año no se debería pagar nada ya que en ambos casos la sifra de detrimento patrimonial es mayor a los intereses que dio en el año. Pero hay un párrafo donde dice que las pérdidas no pueden ser mayores a las ganancias por lo que no me cuaja mi interpretación del asunto.
Ahora sí lo vendiste por ejemplo a la par en octubre tuviste un quebranto patrimonial de 16.25 en cuyo caso no se puede utilizar ese valor como deducción especial de la renta obtenida 8.75/2=4.375 sino que se podría utilizar en futuras ganancias sobre el mismo bono en otros años. Por ahí mi interpretación está toda mal.

paisano
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor paisano » Mar Ene 01, 2019 5:59 pm

DarGomJUNIN escribió:Año fiscal 2015 mínimo IMPONIBLE $ 305.000 locura CFK en bajo valor Y SE PAGABA SOBRE TOTAL. :shock:

Dolar blue 31/12/2015 $ 14,17 Minimo Excento $ 305.000 = usd 21.524

Dolar blue 31/12/2018 $ 38,50 MNI $1.050.000 = usd 27.272 (+ 26,7%)

Esta un poco mejor pero no es para un uhhhhhhh, un departamento chico, de 30 m2 como barato son usd 60.000, agregale un auto chico no 0Km entre 5 y 8 lucas más.

Y con la RF se pasaron, MNI $ 67.000 = usd 1.740, es un chiste con PF a 1 año pagando 40% o mas, un PF que supere los $ 167.500 ya paga, un PF al 2% en dolares tiene otro color puede zafar si son menos de usd 87.000.

Periscope
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Periscope » Mar Ene 01, 2019 5:54 pm

Martinm escribió:Si lo hace pf uva no pagaría nada

Seguro de eso? Si metes un pf uva de un palo no pagas nada?

Martinm
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Martinm » Mar Ene 01, 2019 5:50 pm

Periscope escribió:Tenés que inscribirte , están muy en pe** con lo que reglamentaron , un jubilado con la mínima que pone 500 k de ahorros en un pf tiene que incribirse en ganancias , así de delirante.

Si lo hace pf uva no pagaría nada

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mar Ene 01, 2019 5:03 pm

gina escribió:entonces papito...sabés la cantidad de jubilados q se van a inscribir? juaaaaa....q se la cobren al cementerio...manga de inútiles/imbéciles.....cdo se viralice este mauri cae 20% de votos....INUTILLLLLL

Y como no se van a inscribir, cuando el banco les pida la ddjj para hacer plazos fijos se van al dolar billete.

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Mar Ene 01, 2019 4:07 pm

Periscope escribió:306 Lucas?, Si bienes personales es arriba de 1 palo para 2018 , tenés solo 306 Lucas y pagas?

Año fiscal 2015 mínimo IMPONIBLE $ 305.000 locura CFK en bajo valor Y SE PAGABA SOBRE TOTAL. :shock:

gina
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor gina » Mar Ene 01, 2019 3:53 pm

pero como este es tan

imbecil/inútil y cobarde, debiera
Derogar este.impuesto o subir a un minimo de 10 mill de.pesos y sin mni , de esa forma no sólo ganaría los votos que va a a perder cdo se viralice, pero con d.varba y el pendejo soberbio de mp...es como q van derecho al iceberg....

gina
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor gina » Mar Ene 01, 2019 3:31 pm

Periscope escribió:Tenés que inscribirte , están muy en pe** con lo que reglamentaron , un jubilado con la mínima que pone 500 k de ahorros en un pf tiene que incribirse en ganancias , así de delirante.

entonces papito...sabés la cantidad de jubilados q se van a inscribir? juaaaaa....q se la cobren al cementerio...manga de inútiles/imbéciles.....cdo se viralice este mauri cae 20% de votos....INUTILLLLLL

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mar Ene 01, 2019 2:53 pm

Dioslo, no entiendo tu razonamiento.
La AFIP dice:
Podrás optar por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado.
Ejemplo: el AY24 me dio x u$s de ganancia por cupones en el año. Si yo los tenía al 31/12/17, el nuevo costo será el la cotización a esa fecha MENOS esos dolares. En consecuencia el proximo año voy a pagar mas impuesto porque se achica la diferencia entre el costo y la par. Si los compré en el 2018, lo mismo se achica el costo, etc...

dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Mar Ene 01, 2019 1:56 pm

dioslo escribió:Creo que sería así: el deterioro patrimonial (aquí no sabría decirte si es al valor 31/12/18 a su valor completo no descontando interés corrido desde el 11/7/17 ya que eso es anterior a la vigencia de la ley----o----- al valor a la par del bono) al valor de compra o bien si ya lo tenías al valor de vigencia del impuesto 1/1/18. Ese deterioro patrimonial correspondería restarle a los intereses del bono. Respecto a los intereses a pesar de que sería racional tomar el valor del dólar al momento de recibir la renta sería al valor del 31/12/18.
Respecto al quebranto el mismo sería al haber vendido el bono y no se puede realizar deducción especial sobre los intereses cobrados y el quebranto (pérdida) solo se podría compensar en ejercicios futuros sobre ganancias del mismo bono.
Espero haber sido más o menos claro.

Al comienzo me faltó poner que el deterioro patrimonial correspondería a la diferencia entre ambos).

dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Mar Ene 01, 2019 1:54 pm

guilleg escribió:Vos como lo ves, a mi me parece que una cosa no quita la otra, como excepcion se permite que este año las ganancias de los cupones se descuenten del costo. Eso va a dar lugar a más impuesto en años sucesivos, porque se aumenta la diferencia con la par, o sea que se difiere el impuesto, no te van a regalar nada. Ahora quien controla esto ¿?

Creo que sería así: el deterioro patrimonial (aquí no sabría decirte si es al valor 31/12/18 a su valor completo no descontando interés corrido desde el 11/7/17 ya que eso es anterior a la vigencia de la ley----o----- al valor a la par del bono) al valor de compra o bien si ya lo tenías al valor de vigencia del impuesto 1/1/18. Ese deterioro patrimonial correspondería restarle a los intereses del bono. Respecto a los intereses a pesar de que sería racional tomar el valor del dólar al momento de recibir la renta sería al valor del 31/12/18.
Respecto al quebranto el mismo sería al haber vendido el bono y no se puede realizar deducción especial sobre los intereses cobrados y el quebranto (pérdida) solo se podría compensar en ejercicios futuros sobre ganancias del mismo bono.
Espero haber sido más o menos claro.

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mar Ene 01, 2019 1:35 pm

dioslo escribió:Eso que dices es una forma de verlo. Una forma racional. Sin embargo la reglamentación aclara que la deducción especial solo se haría por el 2018, por lo que tampoco sería así.
Estoy convencido de que nadie sabe con claridad el tema. Incluso los que se dedican a tributación.

Vos como lo ves, a mi me parece que una cosa no quita la otra, como excepcion se permite que este año las ganancias de los cupones se descuenten del costo. Eso va a dar lugar a más impuesto en años sucesivos, porque se aumenta la diferencia con la par, o sea que se difiere el impuesto, no te van a regalar nada. Ahora quien controla esto ¿?


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