Antifáz escribió:Entiendo que las cauciones siguen con el mismo régimen.
Las cauciones no tienen el trato fiscal de los bonos, por lo que se le aplica el régimen general de impuesto a las ganancias.
Esto es: declaración anual y alícuota del 35% (luego de mínimos, deducciones generales y especiales que prevee la ley).
Ojo !
NO comprendo, si siguen con el mismo regimen entonces no descontarian nada del ejemplo que doy
A mi JAMAS me descontaron un peso, al menos hasta ayer
Nunca hice DECLARACION JURADA y conozco ( en persona) muchos que NO la hacen
Hay que esperar