Mensajepor Philipp Mainlandër » Mié Abr 20, 2016 10:23 pm
Quiero decir una cosa respecto al dolar futuro.
a.- La teorìa de los contratos civiles, no aplica al derecho administrativo que se rige por sus propios ppios y normas
b.- La màxima de que nadie puede alegar su propia torpeza, no rige en derecho administrativo. Lo ha dicho expresamente la justicia, que es pacífica al respecto.
c.- La contratación de dolar futuro se rige por el derecho administrativo, por intervenir un organismo publico etc
d.- En cualquier paìs serio se anularian las operaciones y se in iniciarian acciones legales contra todos los intervinientes en la VENTA y eventualmente contra algunos comp`radores. Pero ningún pais serio, lo paga. Se piensan que eeuu convalidaría esa estafa?
Bueno, me aburrí a mí mismo, me voy a ver a morgado en a dos voces que está mas duro que abal medina en el congreso