7/3/2016 (Ámbito Financiero): La Secretaría de Finanzas a cargo de Luis Caputo mantuvo una serie de contactos con ejecutivos de la Caja de Valores, representantes del mercado local y con directivos del EMTA (siglas de la asociación de operadores de papeles de mercados emergentes) para aclarar el pago de los bonos con legislación extranjera cuyo servicios habían sido bloqueados en su momento por el juez Griesa. Bajo la gestión kirchnerista, una vez que el magistrado neoyorkino tomó esa decisión en 2014, se ofreció el pago de los vencimientos de los papeles bajo ley extranjera, pero en la Argentina. En ese entonces, el Banco Nación canalizaba los desembolsos -en realidad, lo sigue haciendo ahora- pero "pisaba" o retenía los títulos cuyo servicio abonaba. Fueron pocos los inversores que solicitaron cobrar en el Nación. Están indentificados. Ahora con los próximos pagos liberados de la deuda con legislación extranjera (son bajo legislación de Nueva York e inglesa), los desembolsos se harán lógicamente a los que no hayan cobrado los servicios a través del Banco Nación. En la jerga del mercado, implica que hoy los papeles en cuestión (Globales, Par y Descuento ley extranjera) se operan bajo la forma "dirty", es decir, incluyendo en los precios los cupones acumulados pendientes de pago. Y quien cobra esos desembolsos atrasados es el tenedor de los papeles al momento del pago. El Bank of New York es el que canaliza las transferencias de fondos tras varios pasos legales aún pendientes.
Diferentes son los tenedores de títulos bajo ley argentina que estaban en manos de inversores extranjeros y que el juez Griesa bloqueó sus pagos a través de cámaras compensadoras en el extranjero como Euroclear. En el marco del próximo acuerdo con bonistas en el juzgado de Griesa, estas trabas también se removerán. Estos papeles ya se operaban bajo la forma "clean", es decir, sin incluir en el precio de las operaciones de compraventa, los cupones cuyos pagos están pendientes de concretarse. Otra diferencia es que quienes cobrarán esos servicios de renta o amortización pendientes serán los tenedores en el exterior al momento del vencimiento original, no los actuales tenedores