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Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 3:01 pm
por Aquiles07
Cash escribió: ↑
Hola:
De
ésta página de la AFIP.
Sds.,
Cash
Nota: en otro post anterior está equivocado el enlace, lamentablemente no se puede corregir.
Otra vez, el impuesto cedular es complementario del impuesto a las ganancias y bienes personales. La ley salió en diciembre de 2019 y en tributos se legisla para adelante. El ejercicio fiscal 2019 de impuesto a las ganancias, comenzó el 01/01/2019. La ley salió en diciembre de 2019, últimos días, y se interpreta su vigencia a partir de la promulgación de la ley en el Boletín Oficial.
No hay ningún error como decían acá que el aplicativo funciona mal...
Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 2:56 pm
por Aquiles07
pik escribió: ↑
Tenías que ser contador, no entendés nada de impuesto cedular, opinas porque no te cobran, Lee, infórmate y volve, estás reprobado en impuesto cedular.
Recomendación, leer las comunicaciones y espacios de diálogo con sus colegas que saben y la AFIP.
Lee y dejá de desinformar, estúpido e insensato. No tenés ni 'pu** idea de impuestos y venís a hablar y dar cátedra. NO sabes un carajo, abstenete de opinar bobo.
Posición expuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 2:32 pm
por Cash
Hola:
Aquiles07 escribió: ↑
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019 ...
De
ésta página de la AFIP.
Sds.,
Cash
Nota: en otro post anterior está equivocado el enlace, lamentablemente no se puede corregir.
Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 2:31 pm
por pik
Aquiles07 escribió:
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Tenías que ser contador, no entendés nada de impuesto cedular, opinas porque no te cobran, Lee, infórmate y volve, estás reprobado en impuesto cedular.
Recomendación, leer las comunicaciones y espacios de diálogo con sus colegas que saben y la AFIP.
Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 2:03 pm
por alfil
Aquiles07 escribió: ↑
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Aquiles
Pagala vos., Si tenías bonos soberanos te esquivaron,.
Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 1:38 pm
por carlob
carlob escribió: ↑
Habia dudas,y afip las aclaro, muy poco tiempo antes del vto, es aplicable a todo 2019 tambien, hay un video en youtube, donde una contadora,explica activo por activo,cuales quedan exentos. Eso lo hizo, a raiz de las aclaraciones de afip. Resumido, solo quedan sujeto a impuestos, los p fijo en dolares y uva,acciones no negociables en bolsa y titulos publicos,no emitidos en suscripcion publica. Todo lo de la bolsa, lecaps,lebacs,letes, acciones,cedears etc esta exento. No habian modificado en pagina de afip el aplicativo, por eso las dudas,pero todo se aclaro y quedo de esa manera.

. Parece lo definitivo ,pero cada uno averigue por supuesto.
Fue publicado el video, el 19 de junio de 2020 " lmpuesto a la renta financiera,ultimos cambios " en youtube lo podes encontrar.

Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 1:29 pm
por carlob
Aquiles07 escribió: ↑
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Habia dudas,y afip las aclaro, muy poco tiempo antes del vto, es aplicable a todo 2019 tambien, hay un video en youtube, donde una contadora,explica activo por activo,cuales quedan exentos. Eso lo hizo, a raiz de las aclaraciones de afip. Resumido, solo quedan sujeto a impuestos, los p fijo en dolares y uva,acciones no negociables en bolsa y titulos publicos,no emitidos en suscripcion publica. Todo lo de la bolsa, lecaps,lebacs,letes, acciones,cedears etc esta exento. No habian modificado en pagina de afip el aplicativo, por eso las dudas,pero todo se aclaro y quedo de esa manera.

. Parece lo definitivo ,pero cada uno averigue por supuesto.

Re: Tema cedular
Publicado: Dom Ago 23, 2020 1:04 pm
por Aquiles07
ironhide escribió: ↑
quizas llegaste al final y te quedo en vista previo y no termino de presentarse, cualquier cosa entra en cuentas tributarias y revisa las ddjj presentadas a ver si está
Realmente no se de donde sacaron que no se paga Renta financiera para el ejercicio fiscal 2019... la exención modificada por el Art. 33 de la Ley 27.541 está vigente a partir del Período Fiscal 2020 y no aplica para el Período Fiscal 2019. La ley salió en diciembre de 2019 y en impuestos no se legisla para atrás, siempre es hacia adelante.
Declarar tenencia y no pagar es lo mismo que hacer mal la ddjj. Para un montón de presentaciones podés elegir que está exento el bien y te da 0...pero bueno, cada cual asume los riesgos que quiere. Eso si, está MAL confeccionada
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:27 pm
por Pamping
Gracias CarlosLP!! Buen aporte (solo faltaría el DICA

) Se super agradece!
CarlosLP escribió: ↑
Mismo gráfico pero para los AO20D (724,45 al 2029 y 9700,00 al 2030/35)
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:20 pm
por CarlosLP
Mismo gráfico pero para los AO20D (724,45 al 2029 y 9700,00 al 2030/35)

Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:13 pm
por CarlosLP
Agrego, y no solo es por la quita (que es solo del 3%), sino que en el caso de los AY24D ya pagaron una amortización.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:13 pm
por CarlosLP
pik escribió: ↑
Porque 10000 bonos no llegan a $10000? Por la quita?
Claro, en el caso del AY24D, 10.000 nominales se reparten de la siguiente forma: 601,61 al 2029 y 8.083,98 al 2030/35.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:10 pm
por pik
Pamping escribió:Todo muy lindo, pero ya juega nuestra edad en esto ... que sea el último canje ehhhH!!!!
Ya el 2033 para el DICA me parecía mucho ... ahora me lo patean al 2038 ...
Espero que Dios me dé vida, para disfrutar esa jubilación en DICAs ...
Idem. Aunque dudo que sea el ultimo canje
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:08 pm
por pik
CarlosLP escribió:Hice un gráfico de como sería el flujo acumulado yendo a finish de 10.000 bonos entrando en el canje 2030+2029 y 2035+2029

Porque 10000 bonos no llegan a $10000? Por la quita?
Re: Títulos Públicos
Publicado: Dom Ago 23, 2020 12:01 pm
por Pamping
Todo muy lindo, pero ya juega nuestra edad en esto ... que sea el último canje ehhhH!!!!
Ya el 2033 para el DICA me parecía mucho ... ahora me lo patean al 2038 ...
Espero que Dios me dé vida, para disfrutar esa jubilación en DICAs ...
CarlosLP escribió: ↑
Hice un gráfico de como sería el flujo acumulado yendo a finish de 10.000 bonos entrando en el canje 2030+2029 y 2035+2029