Para esto pidieron financiación...
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de febrero de 2026
Señores
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Presente
Señores
BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A.
Presente
Señores
A3 MERCADOS S.A.
Presente
Ref.: Operaciones con partes relacionadas. Artículos 72 y 73
de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831.
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en mi carácter de Responsable de
Relaciones con el Mercado de Molinos Agro S.A. (en adelante, “Molinos Agro” o la
“Sociedad”) en relación a lo dispuesto en la norma de referencia.
Al respecto, cumplo en poner en su conocimiento que el Directorio de la
Sociedad, en su reunión del día de la fecha,
ha resuelto aprobar la adquisición de pagaré/s
bursátiles a ser emitido/s y ofrecido/s por la sociedad Pecom Servicios Energía S.A. (en
adelante, “Pecom”) de acuerdo con el siguiente detalle: monto estimado al equivalente en
pesos de hasta treinta millones de dólares (U$S30.000.000) al tipo de cambio que
publique el BCRA (Tipo de Cambio Comunicación A3500) al cierre del día hábil
bancario anterior a la fecha de emisión y de vencimiento, según corresponda, con un plazo
de entre 90 y 120 días, a tasa fija en dólares TNA del 6%, con fecha de adquisición hasta
el 2 de marzo de 2026, inclusive (en adelante, el/los “Pagaré/s”).
Se aclara que (i) la Sociedad y Pecom son consideradas partes relacionadas
en los términos del apartado III del inciso a) del artículo 72 de la Ley de Mercado de
Capitales N° 26.831, modificatorias y complementarias; y (ii) a los efectos de la presente
las operaciones referidas en el punto precedente excederían el uno por ciento (1%) del
Patrimonio Neto de la Sociedad, establecido como monto relevante de acuerdo a la
normativa aplicable.