copio nota ambito
https://www.ambito.com/energia/juicio-y ... s-n5919621
interesante y para analizar transcribo :
En este sentido, el abogado Sebastián Soler aseguró que “la capacidad de los demandantes de embargar está súper restringida por la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos”, según publicó en su cuenta de X. Soler fue hasta diciembre subprocurador del Tesoro del presidente Alberto Fernández y siguió de cerca la causa durante los últimos 4 años.
Según detalló, el “Foreign Sovereign Immunities Act trata distinto los casos en que el Estado demandado renunció a su inmunidad de ejecución (como ocurrió en el contrato de los bonos emitidos en los 90 y defaulteados en 2001) y los casos, como este de YPF, en que Argentina nunca renunció a ella”.
Como Argentina no renunció a esa inmunidad, para que puedan embargarse bienes deberían cumplirse 3 requisitos al mismo tiempo: 1) que el Estado sea su dueño 2) que el bien se usa para una actividad comercial en Estados Unidos 3) que el bien que se pretende embargar "es o fue usado para la actividad comercial en que se basa el reclamo". Sobre qué puede pasar hacia adelante, Soler escribió en X: “Estos son los requisitos relevantes que limitarían intentos de embargo en Estados Unidos”.