Metano escribió: ↑ Ya estan abriendo el paraguas para justificar la demora en el reintegro del iva a la mayoria de los consumidores alcanzados por la medida.
Hoy empezaron a salir notas aclarando que se debe registrar el cbu de la cuenta donde se hizo debito de la compra en afip para poder recibir el reintegro...![]()
Massita dijo que no habia que hacer ningun tramite![]()
https://www.pagina12.com.ar/590392-devo ... 20programa.
De ser cierto, cosa que no creo, ya me veo a los jubilados y las empleadas domesticas contratando a un contador para que les declare el cbu en afip![]()
Vos lees las notas o solo el titulo ? la gran mayoria esta declarado... y el q no, es sencillo hacerlo.
El grueso del universo de beneficiarios de este programa ya cuenta con CBU declarado, como los empleados en relación de dependencia –que deben cobrar hasta 708 mil pesos brutos para ser alcanzados por la medida–. En estos casos, su Clave Bancaria Uniforme ya fue informada por su empleador al momento del alta en AFIP, por lo que ya tienen asociado su CUIL a su cuenta sueldo.
Además, hay personas que ya lo tienen declarado porque fueron beneficiarios de otros programas que lo requerían en el pasado, como el ATP, que pagaba parte de los sueldos durante la pandemia por el coronavirus.
En el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales (como AUH, Alimentar y otros), tienen asociado su CUIL a su Cuenta de la Seguridad Social, que es una cuenta especial que ANSES les abre para que cobren sus respectivas prestaciones. El reintegro del 21% se les depositará ahí mismo, sin necesidad de informar el CBU a AFIP.
En tanto, los que sí deben declararla de manera proactiva en el marco de este programa son los monotributistas y los trabajadores de casas particulares, así como todas aquellas personas que en la web de AFIP figuren sin ningún CBU registrado.