Foro dedicado al Mercado de Valores.
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esanpi
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Mensajepor esanpi » Vie Dic 23, 2022 7:20 pm
09ezemarq escribió: ↑
Lo del primer parrafo es independiente del asunto de massa, solo aplica para las limited partnerships (energy transfer, enterprise product partners, etc), antes tenias que llenar el formulario k1 para este tipo de instrumentos, ya que es el unico tipo de instrumentos en el cual la irs grava a los extranjeros por la diferencia entre compra y venta....
Ok, es independiente si y no, porque ahora las retenciones de las PTP van en el f-1042-S.
Con respecto al IGA-1 que firmaron ARGyUSA, lo único que informarán son estos 1042-S.
El que tenga fondos en un broker y le generen intereses y/o dividendos, recibe el 1042.
Los fondos sin invertir en cualquier broker de USA generan intereses y son informados.
Solo queda una semana para minimizar ese impacto y evitar que se emita ese f-1042.
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09ezemarq
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Mensajepor 09ezemarq » Vie Dic 23, 2022 6:56 pm
esanpi escribió: ↑
El Departamento del Tesoro USA y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) han introducido nuevas regulaciones en virtud de la sección 1446(f) con respecto a las sociedades que cotizan en bolsa ( PTP) en poder de personas extranjeras (individuos y entidades). Los requisitos de retención según las nuevas regulaciones entrarán en vigencia el 1 de enero de 2023.
Si realizan transacciones con valores PTP a partir del 1 de enero de 2023, les van a retener el 10% de los ingresos brutos de las ventas de valores de PTP. Las transacciones y el impuesto de retención relacionado también se informarán en el Formulario 1042-S, Ingresos de fuente estadounidense de personas extranjeras sujetos a retención, que ahora se enviará a la AFIP.
Lo mismo ocurrirá con los saldos que tengan a la vista en Brokers de USA, estos generan intereses que automáticamente abren un 1042-S. Lo mismo si operan activos que ofrecen dividendos, también obligan al Broker a remitir un 1042-S al IRS y por ende por el nuevo tratado IGA-1, terminará en la AFIP. Todo esto comienza a contabilizar a partir del 1 de enero de 2023.
Lo del primer parrafo es independiente del asunto de massa, solo aplica para las limited partnerships (energy transfer, enterprise product partners, etc), antes tenias que llenar el formulario k1 para este tipo de instrumentos, ya que es el unico tipo de instrumentos en el cual la irs grava a los extranjeros por la diferencia entre compra y venta....
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esanpi
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Mensajepor esanpi » Vie Dic 23, 2022 12:59 pm
El Departamento del Tesoro USA y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) han introducido nuevas regulaciones en virtud de la sección 1446(f) con respecto a las sociedades que cotizan en bolsa ( PTP) en poder de personas extranjeras (individuos y entidades). Los requisitos de retención según las nuevas regulaciones entrarán en vigencia el 1 de enero de 2023.
Si realizan transacciones con valores PTP a partir del 1 de enero de 2023, les van a retener el 10% de los ingresos brutos de las ventas de valores de PTP. Las transacciones y el impuesto de retención relacionado también se informarán en el Formulario 1042-S, Ingresos de fuente estadounidense de personas extranjeras sujetos a retención, que ahora se enviará a la AFIP.
Lo mismo ocurrirá con los saldos que tengan a la vista en Brokers de USA, estos generan intereses que automáticamente abren un 1042-S. Lo mismo si operan activos que ofrecen dividendos, también obligan al Broker a remitir un 1042-S al IRS y por ende por el nuevo tratado IGA-1, terminará en la AFIP. Todo esto comienza a contabilizar a partir del 1 de enero de 2023.
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paisano
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Mensajepor paisano » Jue Dic 22, 2022 1:32 pm
Si, hay que actualizarlo pero todavía AFIP no sacó la Resolución con los valores, así que hay que esperar.
MNI = 6.000.000 x (IPC Oct2022 / IPC Oct2021) = $ 11.282.141,08
Casa habitacion = 30.000.000 x (IPC Oct2022 / IPC Oct2021) = $ 56.410.705,41
https://www.iprofesional.com/impuestos/ ... r-por-2022
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green arrow
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Mensajepor green arrow » Jue Dic 22, 2022 7:20 am
Buen día gente consulta,bbpp para 2022 esta en 6 millones o hay que actualizarlo?O si ya se sabe en cuanto queda o hace falta el dato de enero para el calculo?muchas gracias.
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Wan Chan Kein
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Mensajepor Wan Chan Kein » Dom Dic 04, 2022 6:28 pm
Aprendiz70 escribió: ↑
no es mejor transferirlos a una caja de ahorro y que queden exentos?
Saludos
si, lo pensé tambien, pero como estaban como especie 10.000 me parecia que si llegan a tocar depositos o algo iban a estar mas "seguros", pero creo que los voy a retirar a CA para la foto.
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Aprendiz70
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Mensajepor Aprendiz70 » Sab Dic 03, 2022 11:10 pm
Wan Chan Kein escribió: ↑
Buenos dias ,
Alguien sabe cómo se declaran los dolares en caja de valores (especie 10.000) en los Bienes personales?? cual es el MNI?
estan exentos del tributo o es el mismo tratamiento que en caja de ahorro?
no es mejor transferirlos a una caja de ahorro y que queden exentos?
Saludos
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Aprendiz70
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Mensajepor Aprendiz70 » Sab Dic 03, 2022 11:10 pm
Wan Chan Kein escribió: ↑
Buenos dias ,
Alguien sabe cómo se declaran los dolares en caja de valores (especie 10.000) en los Bienes personales?? cual es el MNI?
estan exentos del tributo o es el mismo tratamiento que en caja de ahorro?
no es mejor transferirlos a una caja de ahorro y que queden exentos?
Saludos
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PERZEN
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Mensajepor PERZEN » Vie Dic 02, 2022 7:43 pm
Wan Chan Kein escribió: ↑
Buenos dias ,
Alguien sabe cómo se declaran los dolares en caja de valores (especie 10.000) en los Bienes personales?? cual es el MNI?
estan exentos del tributo o es el mismo tratamiento que en caja de ahorro?
Como tenencia de EFT ¨moneda estranjera¨
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Wan Chan Kein
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Mensajepor Wan Chan Kein » Vie Dic 02, 2022 2:38 pm
Buenos dias ,
Alguien sabe cómo se declaran los dolares en caja de valores (especie 10.000) en los Bienes personales?? cual es el MNI?
estan exentos del tributo o es el mismo tratamiento que en caja de ahorro?
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09ezemarq
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Mensajepor 09ezemarq » Jue Dic 01, 2022 7:28 pm
debenede escribió: ↑
Consulta: ON YPF Hard Dollar, tributan Bienes Personales?
Si señor
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debenede
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Mensajepor debenede » Vie Nov 25, 2022 2:34 pm
Consulta: ON YPF Hard Dollar, tributan Bienes Personales?
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mr_osiris
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Mensajepor mr_osiris » Jue Nov 24, 2022 4:17 pm
si se puede, la compra venta en pesos no hay problema ..
solo no tenes que estar subsidiado con algun servicio ..
luego, si compraste solidario, no podes operar D por 90 dias y veceversa ..
si operaste D en bonos o cedears no podes operar solidario, ni podes volver a operar D por 90 dias ....
Cosecha73 escribió: ↑
Consulta sobre normativa BCRA...
Compro y Vendo CEDEARS habitualmente; por cobertura ante posible devaluación y para ganarme unos pocos dividendos en el mientras tanto.
Nunca convierto los CEDEARS a su versión "D" o los transfiero a una comitente afuera; es decir cuando los vendo lo hago por pesos (tal como los compre)
La pregunta en concreto es... ¿Puedo comprar dólares MEP?
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ArmonicoEnFuga
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Mensajepor ArmonicoEnFuga » Dom Nov 06, 2022 8:41 pm
Cosecha73 escribió: ↑
Consulta sobre normativa BCRA...
Compro y Vendo CEDEARS habitualmente; por cobertura ante posible devaluación y para ganarme unos pocos dividendos en el mientras tanto.
Nunca convierto los CEDEARS a su versión "D" o los transfiero a una comitente afuera; es decir cuando los vendo lo hago por pesos (tal como los compre)
La pregunta en concreto es... ¿Puedo comprar dólares MEP?
Entiendo que si y entiendo que solidario deberías poder comprar también.
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