Impositivo - Tributario

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eltaliban
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor eltaliban » Sab Jul 26, 2025 11:18 pm

Gracias Fernan2, esta semana migro a otro que me cobra menos y si haces operacion grande te hacen descuento por volumen.

Fernan2
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor Fernan2 » Sab Jul 26, 2025 8:27 pm

eltaliban escribió: Hola: hoy revise los ultimos boletos y veo que el agente de bolsa me cobra una comision de o,50% que es lo convenido pero le carga IVA del 21% y ademas algo antiguo que es el derecho de bolsa que es una cifra insignificante.
Esta bien detallarme y cobrarme el IVA cuando soy consumidor final ?

Si esta correcto, ellos estan obligados a hacerlo si son R.I. ellos tienen que pagar el iva por eso, yo soy monotributista y lo hacen tambien saludos

eltaliban
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor eltaliban » Sab Jul 26, 2025 7:53 pm

Hola: hoy revise los ultimos boletos y veo que el agente de bolsa me cobra una comision de o,50% que es lo convenido pero le carga IVA del 21% y ademas algo antiguo que es el derecho de bolsa que es una cifra insignificante.
Esta bien detallarme y cobrarme el IVA cuando soy consumidor final ?

AgenteProductor1767
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor AgenteProductor1767 » Dom Jul 13, 2025 11:52 am

pepe2021 escribió: No veo foro de IIBB de CABA que grava los dividendos segun la gallega

Los dividendos entiendo yo están exentos de ingresos brutos. Corroborado:

Repasando los Códigos Fiscales de algunas jurisdicciones, tenemos que en Mendoza, CABA y Santa Fe los dividendos y utilidades están exentos del impuesto. Otras jurisdicciones como Pcia. de Buenos Aires ha emitido informes/dictámenes opinando que no están gravados.

Viruela
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor Viruela » Dom Jun 22, 2025 11:59 am

Consulta!

Cómo cargan las pérdidas en futuros de criptomonedas en el impuesto cedular?

green arrow
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor green arrow » Vie Jun 06, 2025 9:07 pm

fito2 escribió: Si no superas el mínimo de 292 millones y no estás inscripto en bbpp tenés que presentar informativa si los ingresos de cuarta categoría fueron superiores a 150 millones

Gracias fito,me sorprendes no sabia que eran 150 millones.Creo que no estoy inscripito en bbpp pero lo voy a confirmar con la contadora,muchas gracias.

pepe2021
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor pepe2021 » Vie Jun 06, 2025 6:20 pm

fito2 escribió: Si no superas el mínimo de 292 millones y no estás inscripto en bbpp tenés que presentar informativa si los ingresos de cuarta categoría fueron superiores a 150 millones

No veo foro de IIBB de CABA que grava los dividendos segun la gallega

fito2
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor fito2 » Jue Jun 05, 2025 11:33 pm

Si no superas el mínimo de 292 millones y no estás inscripto en bbpp tenés que presentar informativa si los ingresos de cuarta categoría fueron superiores a 150 millones
green arrow escribió: Buen día a todos,creo que es mi primera vez en este foro.La insulta sería, estoy pensando abrir cuenta en ibkr y operar algo afuera.Soy empleado cuarta categoría por si eso cambia algo el tratamiento impositivo.La duda es por ej bbpp si no supero el monto que por ej a 2024 son 292 millones de pesos tengo que presentarla igual como informativa? Y otra de iigg debería sumar las ganancias realizadas al ingreso del trabajo para saber si debo presentar iigg ?Cuanto es el mínimo de ganancias hoy ?Por que por ejemplo si opero bonos argentinos afuera están exentos,o si hago la compra y luego transfiero los títulos a la cuenta local cuando realice la ganancia si la hay no se suma.?Muchas gracias a todos.


green arrow
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor green arrow » Jue Jun 05, 2025 8:46 am

Buen día a todos,creo que es mi primera vez en este foro.La insulta sería, estoy pensando abrir cuenta en ibkr y operar algo afuera.Soy empleado cuarta categoría por si eso cambia algo el tratamiento impositivo.La duda es por ej bbpp si no supero el monto que por ej a 2024 son 292 millones de pesos tengo que presentarla igual como informativa? Y otra de iigg debería sumar las ganancias realizadas al ingreso del trabajo para saber si debo presentar iigg ?Cuanto es el mínimo de ganancias hoy ?Por que por ejemplo si opero bonos argentinos afuera están exentos,o si hago la compra y luego transfiero los títulos a la cuenta local cuando realice la ganancia si la hay no se suma.?Muchas gracias a todos.

eltaliban
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor eltaliban » Lun Jun 02, 2025 3:16 pm

Muchas gracias Sancho, seguimos aprendiendo.
Pocos contadores conocen el tema.

sancho18
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor sancho18 » Lun Jun 02, 2025 10:24 am

eltaliban escribió: Gracias por las respuestas y aprovecho para preguntar ya que tenia 200 acciones de Galicia ADR en Uruguay y las vendí.
Ahora tambien la contadora me dice que al costo ajustado por inflacion menos el precio arroja una Utilidad que estaría gravada por el Impuesto Cedular a la renta financiera a tasa del 15%.
Me parecio mucha plata aunque hay que reconocer que la accion subio mucho en dos años que la mantenia en cartera.
Es otro aprendizaje de ser correcta la posicion y para el futuro me abstengo de comprar ADRs pudiendo comprar en el mercado argentino sin pagar por las posibles ganancias.

eltaliban escribió: Gracias por las respuestas y aprovecho para preguntar ya que tenia 200 acciones de Galicia ADR en Uruguay y las vendí.
Ahora tambien la contadora me dice que al costo ajustado por inflacion menos el precio arroja una Utilidad que estaría gravada por el Impuesto Cedular a la renta financiera a tasa del 15%.
Me parecio mucha plata aunque hay que reconocer que la accion subio mucho en dos años que la mantenia en cartera.
Es otro aprendizaje de ser correcta la posicion y para el futuro me abstengo de comprar ADRs pudiendo comprar en el mercado argentino sin pagar por las posibles ganancias.

Taliban, es correcto que este gravado al 15 %.
Lo discutible es como determinas la ganancia. Que la Contadora te haga el calculo del resultado a moneda dura, esto es en dolares y no ajustado por inflacion. Si te da mas bajo, utiliza ese criterio, que es el que recomiendan los que saben del tema.

eltaliban
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor eltaliban » Dom Jun 01, 2025 10:38 pm

Gracias por las respuestas y aprovecho para preguntar ya que tenia 200 acciones de Galicia ADR en Uruguay y las vendí.
Ahora tambien la contadora me dice que al costo ajustado por inflacion menos el precio arroja una Utilidad que estaría gravada por el Impuesto Cedular a la renta financiera a tasa del 15%.
Me parecio mucha plata aunque hay que reconocer que la accion subio mucho en dos años que la mantenia en cartera.
Es otro aprendizaje de ser correcta la posicion y para el futuro me abstengo de comprar ADRs pudiendo comprar en el mercado argentino sin pagar por las posibles ganancias.

sancho18
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor sancho18 » Jue May 29, 2025 4:18 pm

ironhide escribió: Es correcto lo que te hizo la contadora, no se puede llenar como impuesto analogo porque el 30% que retienen en usa se lo hacen al banco comafi no a vos, asi que acá te vuelven a chupar un "lo que corresponda por escala", va al menos es lo que explicaron en el consejo de economicas que dicen es el criterio de afip. Para mi si es doble imposición pero quieren rascar extra por tener la guita afuera.

Estimado, cada uno declara como considera razonable.
Existe lo que se llama ^realidad economica^, es un principio que la Afip siempre tuvo en cuenta.
Si vos podes demostrar que efecivamente hubo retencion en la fuente, esta bien declararlo como impuesto analogo.
Comafi en oportunidad del pago del dividendo del cedear emite un ^aviso de pago: donde consta la retencion.
Lo mismo pasa con los ADRs. El JPMorgan es el agente pagador y tambien emite un aviso similar.
Mas claro, echale agua

ironhide
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor ironhide » Jue May 29, 2025 3:58 pm

eltaliban escribió: Gracias Sancho por la explicacion.
Se lo traslado a la Sra que llena los formularios, porque el año pasado no me queria poner el 30% retenido en origen ya que el fisco americano no expide el certificado de retencion en el caso de los Cedears.(Form 1042 S)
Tampoco la bolsa ni la caja de valores se expide al respècto.

Es correcto lo que te hizo la contadora, no se puede llenar como impuesto analogo porque el 30% que retienen en usa se lo hacen al banco comafi no a vos, asi que acá te vuelven a chupar un "lo que corresponda por escala", va al menos es lo que explicaron en el consejo de economicas que dicen es el criterio de afip. Para mi si es doble imposición pero quieren rascar extra por tener la guita afuera.

sancho18
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Re: Impositivo - Tributario

Mensajepor sancho18 » Mié May 28, 2025 5:50 pm

Yo los tomo sin certificado !


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