No viste el video, salame....en serio...no lo viste...dice exactamente lo que estaba diciendo yo. La exención rige a partir del 23/12/2019, por lo que hay que calcular materia imponible hasta esa fecha.
Encima de bobo, caprichoso y cabeza dura.
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czekajlo escribió: ↑ Alguien tiene una estimación teórica de largo plazo de la evolución de los nuevos bonos 2030 y 2035, a lo largo de los años, basada en antecedentes de bonos anteriores?
Un esquema lineal sería iniciar con usd 54 y un incremento de 6% anual hasta arribar a 100 en el 2030 y a 138 aprox en el 2035, posiblemente el 2035 inicie con algo menos. Esta línea no toma en cuenta los pagos previstos, es solo una simplificación. Pero estimo que en teoria más que lineal debería ser con altibajos iniciales, amesetamiento un año y luego una base exponencial.Va a depender inicialmente de la gestión política y económica que va a estar dirigida a mejorar la imagen con vistas a la próxima elección. Y principalmente de qué instrumento se use para hacerse de dolar mep, podría ser el 2030? Qué opinan?
carlob escribió: Ahj esta clarisimo, reunion con afip. Excento todo 2019.
Aquiles07 escribió: No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
Aquiles07 escribió: ↑ No entendés...no querés aprender. La culpa es mía....tiene toda la razón el forista Alzamer, tenés la cabeza llena de arena.
Te acabo de dar la información y ni siquiera la viste. Estás equivocado. NO desinformes en el foro. El periodo 2019 está gravado hasta el vientipico de diciembre, fecha de promulgación de la ley. En tributos se legisla hacia adelante y hay que tener en cuenta cuando inició el periodo fiscal 2019. Como el mal llamado impuesto cedular, que es complementario del impuesto a las ganancias, el ejercicio fiscal inicia el 01/01/2019.
Dejá de decir estupideces. Y se escribe "exento"....no, excento...
Aquiles07 escribió: Otra vez, el impuesto cedular es complementario del impuesto a las ganancias y bienes personales. La ley salió en diciembre de 2019 y en tributos se legisla para adelante. El ejercicio fiscal 2019 de impuesto a las ganancias, comenzó el 01/01/2019. La ley salió en diciembre de 2019, últimos días, y se interpreta su vigencia a partir de la promulgación de la ley en el Boletín Oficial.
No hay ningún error como decían acá que el aplicativo funciona mal...
Aquiles07 escribió: Lee y dejá de desinformar, estúpido e insensato. No tenés ni 'pu** idea de impuestos y venís a hablar y dar cátedra. NO sabes un carajo, abstenete de opinar bobo.
Posición expuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
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