Los Títulos de Deuda estarán garantizados por la cesión fiduciaria en garantía de los
derechos de la Provincia sobre los fondos de coparticipación federal de impuestos que le
corresponden en virtud del Régimen de Coparticipación Federal. El fiduciario tendrá
mandato irrevocable para destinar a las cuentas fiduciarias tales recursos de la
Coparticipación, una vez que se haya producido alguna causal de incumplimiento, de
acuerdo con lo previsto en el Contrato de Fideicomiso con fines de Garantía y según se
describe en la Sección “Términos y condiciones particulares de los Títulos de Deuda Garantía” del presente.
Llegado el caso lo decidirá un juez. Pero es un gran bono al lado de los pepeluchos nacionales.