Chumbi escribió:La resolución habla de la posición global neta, en la siguiente norma obliga el desprendimiento de lo mencionado:
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A6754.pdf
Pero resulta que además dictaron esta, dónde hoy te redefinieron que es una posición global neta en moneda extranjera:
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/Texord/t-pognme.pdf
Queda sólo excluido:
1.2. Exclusiones.
1.2.1. Los activos deducibles para determinar la responsabilidad patrimonial computable (RPC).
1.2.2. Los conceptos incluidos que registre la entidad financiera en sus sucursales en el exterior.
Creo que me va a dar un infarto.
Gracias chumbi, son peligrosos estos muchachos porque están ahora calzando el mercado de deuda con el sistema bancario, que nos guste o no, estaba bastante sano, si hay default además va a afectar a los bancos, depósitos, etc... mamma mía