Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
Subiendo los bonardosssssss$$$
Re: Títulos Públicos
Finalmente se despertaron los bonos y el riesgo país está a punto de quebrar los 900 puntos.
Re: Títulos Públicos
Mamma mía, Piccheto de vicepresidente, realmente están perdidos.
Pudieron haber puesto a Monzó, o algún radical, o sino quedarse con Michetti. En fin, sabrá el gobierno.
Pudieron haber puesto a Monzó, o algún radical, o sino quedarse con Michetti. En fin, sabrá el gobierno.
Re: Títulos Públicos
Pichetto?? Jaja. Que &#*.
Re: Títulos Públicos
ralliv escribió:Buen arranque AA37. Ojalá tengamos buen día hoy. Tengo mucho DICA para ir descargando tal vez en zona de 110.
Seguí nomas, yo termine de descargar ayer, todo lo comprado en 100, un cupón adentro y a esperar la próxima agachada, que va a venir.
Re: Títulos Públicos
Son la re-apertura de los bonos TJ20 que ya existen y cotizan en bolsa.
Re: Títulos Públicos
Buenas, que opinan de los BONOS DEL TESORO EN PESOS A TASA DE POLÍTICA MONETARIA que vencen en 2020??
Re: Títulos Públicos
Buen arranque AA37. Ojalá tengamos buen día hoy. Tengo mucho DICA para ir descargando tal vez en zona de 110.
Re: Renta Financiera
Martinm escribió:Cual era tu idea? Yo creo q tampoco para tomarse un quebranto pero al menos peliarles que te dejen tomar algo de la diferencia de cambio que no está alcanzada por el impuesto
Voy a ver si puedo recalcularlo en dolares y determinarle la diferencia de cambio que lleva astante tiempo. despues veo que hago.
Re: Títulos Públicos
EJS escribió:perdona me confundí de año , en el 2017 cerro a 113,45 fila 228
Asi es. Creo q en alguno otro Tambien tiene problema la valuacion de la tenencia inicial.
Re: Títulos Públicos
maxx escribió:Para ser más específico la ley en el art 90.6 dice, "...sólo podrán computarse contra las ganancias mencionadas en este Capítulo, los costos de adquisición y gastos directa o indirectamente relacionados con ellas, no pudiendo deducirse los conceptos previstos en los artículos 22, 23 y 81 de la ley ...." el 81 se refiere a "(intereses, seguro que cubra el riesgo de muerte, donaciones, honorarios médicos, prepagasdesalud,alquilerdecasahabitación,etc.)."
Si encontrás algo que pueda justificar la deducción de intereses de caución (que sería lo razonable), por favor avisá.
Entonces como no hubo ganancias, no presento.....
Re: Renta Financiera
rmirra escribió:Les paso la respuesta de AFIP. Clarisima.
Le informamos que deberá dirigir su consulta al ASESOR IMPOSITIVO a través de nuestra página Web: http://www.afip.gob.ar en la sección “¿Necesitás ayuda?” opción “Micrositios” >> Asesor Impositivo.
Asimismo, podrá canalizar su consulta a través del siguiente link:
http://www.afip.gob.ar/genericos/asesor ... s_main.asp
O.G.
Cual era tu idea? Yo creo q tampoco para tomarse un quebranto pero al menos peliarles que te dejen tomar algo de la diferencia de cambio que no está alcanzada por el impuesto
Re: Títulos Públicos
gina escribió:y no te olvides de pagar el imp massita aunque entre en default
eso, solo, sí al regresar del viaje, le queda aún algo de dinero.
Re: Títulos Públicos
carlob escribió:![]()
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Averigue al mas sobre este tema, aparentemente, se puede tomar como deduccion los intereses pagados por caucion, pero en proporcion a la parte de la cartera sujeta al impuesto. Muchas dudas al respecto, pero esto parece ser asi.
Para ser más específico la ley en el art 90.6 dice, "...sólo podrán computarse contra las ganancias mencionadas en este Capítulo, los costos de adquisición y gastos directa o indirectamente relacionados con ellas, no pudiendo deducirse los conceptos previstos en los artículos 22, 23 y 81 de la ley ...." el 81 se refiere a "(intereses, seguro que cubra el riesgo de muerte, donaciones, honorarios médicos, prepagasdesalud,alquilerdecasahabitación,etc.)."
Si encontrás algo que pueda justificar la deducción de intereses de caución (que sería lo razonable), por favor avisá.
Re: Títulos Públicos
carlob escribió:Buen dia. Una pregunta,de renta financiera, por si slguno lo tiene claro. Los intereses pagados, por tomar caucion se pueden descontar de la suma, de lo ganado sujeto a impuesto?, porque los gastos de las operaciones y mantenimiento de cuenta si se descuentan, pero no encuentro en ningun lado, si lo gastado en tomar caucion, tambien se puede. Muchas gracias.
Averigue al mas sobre este tema, aparentemente, se puede tomar como deduccion los intereses pagados por caucion, pero en proporcion a la parte de la cartera sujeta al impuesto. Muchas dudas al respecto, pero esto parece ser asi.
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