pik escribió:No es buena idea que la AFIP retenga en la operación, ahí ya directamente te van a sacar la guita y no vas a podés chistar. Mejor es así, que vos puedas hacer tu DJ y pagar, aunque sea un enjendro hacer la.liquidacion. Creo que sí se meten a retener sin discriminar, vamos a perder peor, sería como hacen ahora en algunos lados que se te meten congresos brutos en la cuenta y te descuentan sobre todo y después anda a reclamarles. Podrá ser tedioso hacer esta liquidación de RF primera, pero creo sea el mal menor.
Podes retener en operaciones mayor a
600.000 de pesos, así como se puso un mni, también se puede poner un minimo para retener.
Si no escuche mal ya hay algunos tipos de retenciones a los dividendos. El año pasado cuando hice un pf uva , antes de aceptarlo decia que si la retención era menor a 90 pesos no me la iba a practicar.