guilleg escribió:Si fuera así, si se descuentan del costo solamente si se venden, que diferencia hay. Por los cupones hay que pagar el impuesto y por la ganancia por la enajenacion tambien, por separado. Da lo mismo si se opta o no por descontarlo del costo.
Por eso parecía que se refería a todos los bonos, se hubieran vendido o no.
Lo han cambiado a ultimo momento para subir la recaudación y no diferir nada ?
Lo que pasa es que SI hay una diferencia.
Si no estuviese el Art. 95 y vos hubieras vendido el bono a quebranto, no podrías computar el quebranto contra los intereses percibidos por ese mismo bono tal como lo indica la ley. Justamente por eso esta el Art. 95 que dice que solamente para el ejercicio 2018 en forma excepcional se puede hacer uso de la opción (y como referencia al 90.4 hace referencia al caso de enajenación).
No es que te quiera convencer, es simplemente el análisis que hago.
En Errepar en uno de los libros dice como opinas vos, es decir que se puede computar los intereses contra el costo aún manteniendolos al cierre. Pero para mi no corresponde de esa manera.