pik escribió:Estás mezclando cosas, para una persona que va a invertir un monto pequeño, de tal manera que no page renta financiera, llévalo al extremo, si invertis en pf, en un año un monto de 100.000 pesos ya llegas al minimo para pagar renta financiera. Son 2500 dólares. Ese es el Target de personas que entra en tu análisis,.para el.resto tenés que considerar renta financiera. Y alguien que invierta 2500 dólares, mejor que compre dólares y viva tranquilo.
Te enseño entonces que a la fórmula le agregas (1-0,05) y con eso ingresas el impuesto. Pero depende si el monto termina superando o no el min. no imponible. Poner como caso general el impuesto está mal. Si vos sabés que lo vas a pagar por el monto que invertis, le agregas ese término a la fórmula. Agregarlo desde el comienzo es un ejercicio errado ya que decir que solo lo paga si supera el mínimo no imponible lo vuelve condición necesaria para que esté en el calculo, caso contrario no se debe agregar. Entonces si supera lo agregas sino no se agrega.
Ejemplo más claro todavia; supongamos que nos encontramos con dos personas, una que invirtió desde su banco sus pocos ahorros en letras y otra que hizo la misma inversión pero desde su agente de bolsa amigo y que además tiene 100 veces más de capital que el primero. Seguramente utilizar la fórmula incluyendo el impuesto con el primero de los individuos está errado, porque le estás calculando mal el Punto de quiebre, mientras que para el segundo está perfecto agregarle a la fórmula (1-0,05). Esta forma de comprender fórmulas se llama condicional "solo si". Si tú caso es el primero entonces no se agrega, ahora bien si estás en el segundo de los grupos se agrega.