Danilo escribió:en el ministerio que aplico esta multa , esta al frente un sujeto que tenia un empleado en negro y jamas renuncio ni lo renunciaron
ahh entiendo
Una cosa no invalida la otra, por un lado el actual ministro debería haber salido de su cargo, por renuncia o ser echado.
Por otro lado, lo que hicieron Huguito y Pablito, esta en contra de la ley vigente, la Ley 25212, de la cual te dejo el link por si queres estudiarla
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm
Si la revisas vas a encontrar que el Art. 4-f es bien claro respecto a que la violación de la Conciliación Obligatoria es una Infracción Grave para cualquiera de las partes.

- Infraccion grave.jpg (114.87 KiB) Visto 610 veces
luego el Art. 5-2 establece el monto de la sanción, en este caso 30% a 200% del SMVM.

- Sanciones.jpg (200.5 KiB) Visto 610 veces
La multa aplicada es de $/per capita 4430, y siendo actualmente el SMVM DE $ 10000, la multa aplicada es del 44.30%, lo cual esta dentro del rango de porcentajes establecido por la ley.
Proveer de Conformidad que Sera Justicia. A cantarle a Gardel.