Títulos Públicos

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Z37A
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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 11:07 am

Nicklaus escribió:7 filas Excel por mes, nada su lo querés hacer vos

Sino un contador pero te sale más caro



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Hice una, y uso que me muestra lo que gano neto en las operaciones del año separado mes a mes, peor no detallo cada operacion, si no el total de ellas en el mes, mi miedo es hacer esa planilla como decís y que luego me falte un dato por qu ese les antojo declare el valor de cada cuota parte por ejemplo y yo registre dinero de compra y venta....

Nicklaus
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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Nicklaus » Mié Ene 24, 2018 11:03 am

Z37A escribió:
Si, supongo lo mismo, pero me preocupa como declarar los FCI, suelo comprar 1 o 2 veces al mes cuotapartes, y vender 4 o 5 veces o mas en el mes.... lo uso como Caja de Ahorro al FCI jajaja :idea: :115:

Los FCIs la liquidacion de impuesto corresponde al cliente o lo va a hacer el administrador del fondo mediante las operaciones internas del mismo? :?:

7 filas Excel por mes, nada su lo querés hacer vos

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Z37A
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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 10:51 am

maxx escribió:Si alguien se pone un poco las pilas, es más o menos fácil. Hay que armar un sistemita que contemple todas las variable y listo. Con un buen servidor y un poco de desarrollo de IT se hace. Ni siquiera tiene que ser en tiempo real. Con un proceso batch por cliente que se haga a mes vencido se puede tener una preliquidación.

Si no se mueven rápido los administradores de los fondos, es una oportunidad fácil para diferenciarse de la competencia teniendo la parte de tax como un servicio adicional.

Lo lindo y justo seria que ese gasto en horas de desarrollo se lo facturen a la AFIP!!!! Lo mismo si tengo que buscar todo tipo de dato yo las horas perdidas debería facturárselas a la AFIP... son ellos quienes deberían darte las herramientas para que vos declares, y si van a husmear en tus cuentas y tus datos personales, y hasta hacerte análisis de la materia fecal a ver que mie*** comes, como mínimo que se hagan cargo de eso!

maxx
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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor maxx » Mié Ene 24, 2018 10:47 am

Z37A escribió:Jajaja, al final es como venia diciendo... el problema no es tanto el monto del impuesto, si no mas bien la burocracia detrás de este... en mi caso no voy a superar este año el MNI, pero me va a romper bastante las pelo.... declarar todo.... :golpe:

La AFIP tendria que hacerse cargo, ya que cruza todo y poner una herramienta a disposición, y en particular web para así eliminar al asqueroso SIAP! Bueno, igual alguna herramienta van a tener que poner o modificar la ya existente para el SIAp o Web..... si no se hace imposible declararlo!

Si alguien se pone un poco las pilas, es más o menos fácil. Hay que armar un sistemita que contemple todas las variable y listo. Con un buen servidor y un poco de desarrollo de IT se hace. Ni siquiera tiene que ser en tiempo real. Con un proceso batch por cliente que se haga a mes vencido se puede tener una preliquidación.

Si no se mueven rápido los administradores de los fondos, es una oportunidad fácil para diferenciarse de la competencia teniendo la parte de tax como un servicio adicional.

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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 10:35 am

Patan escribió:Las administradoras de fondos tienen q desarrollar una herramienta de ayuda a sus clientes que te calcule la renta anual total sola. Y cuando cierra el año te mandan un resumen con el numero final y una cuchara oxidada (para que te la corrrtes cuando veas lo q va para la corona)

Jajaja, al final es como venia diciendo... el problema no es tanto el monto del impuesto, si no mas bien la burocracia detrás de este... en mi caso no voy a superar este año el MNI, pero me va a romper bastante las pelo.... declarar todo.... :golpe:

La AFIP tendria que hacerse cargo, ya que cruza todo y poner una herramienta a disposición, y en particular web para así eliminar al asqueroso SIAP! Bueno, igual alguna herramienta van a tener que poner o modificar la ya existente para el SIAp o Web..... si no se hace imposible declararlo!

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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Patan » Mié Ene 24, 2018 10:29 am

Z37A escribió:No, solo se envian los resumenes de la caja de valores, peor no pro FCIs... solo acciones, bonos y demas....

Las administradoras de fondos tienen q desarrollar una herramienta de ayuda a sus clientes que te calcule la renta anual total sola. Y cuando cierra el año te mandan un resumen con el numero final y una cuchara oxidada (para que te la corrrtes cuando veas lo q va para la corona)

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 10:17 am

cuat escribió:Yo tenía esa duda, pero la ley dice que el MNI se reparte en forma proporcional. Si tenés 40% de rentas gravadas al 15% y 60% al 5% el MNI se reparte en esa proporción:

ARTICULO ...- Deducción Especial. Cuando las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el país, obtengan las ganancias a que se refieren el primer artículo agregado sin número a continuación del artículo 90 y los incisos a) y b) del primer párrafo del cuarto artículo agregado sin número a continuación del artículo 90, en tanto se trate de ganancias de fuente argentina, podrá efectuarse una deducción especial por un monto equivalente a la suma a la que alude el inciso a) del artículo 23, por período fiscal y que se proporcionará de acuerdo a la renta atribuible a cada uno de esos conceptos.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm

A como viene la mano, en Junio de 2019 vamos a estar así:

Imagen

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Mié Ene 24, 2018 10:17 am

Captura.JPG
Captura.JPG (21.21 KiB) Visto 1186 veces
saldo_comercial.jpg
saldo_comercial.jpg (44.51 KiB) Visto 1186 veces
:mrgreen:

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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 10:15 am

Patan escribió:No te envía resumen trimestral?
El Rojo te manda discriminado cuanto ganaste/perdiste en cada rescate de fci... es cuestión de sumar nada más, y hacer unos rescates x el total en ciertos momentos así te empieza a contar de cero (fin de año x ej....
Habría que limpiar lo que viene del año pasado nomás.

El resto ya me imagino que va a ser un bardo total...
No digo q no se pueda hacer, pero va a requerir horas-silla...
Soy CP y les insisto mucho a mis clientes con que inviertan, usen fci, compren bonos/lebac...
A partir de ahora, los mando que compren Blue o hagan plazos fijos bien sencillitos

No, solo se envian los resumenes de la caja de valores, peor no pro FCIs... solo acciones, bonos y demas....

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor cuat » Mié Ene 24, 2018 10:15 am

DarGomJUNIN escribió:No veo ningún impedimento judicial, según el texto legal, de agotar
primero el M.N.I. contra la renta gravada con la Tasa del 15%
:mrgreen:

Yo tenía esa duda, pero la ley dice que el MNI se reparte en forma proporcional. Si tenés 40% de rentas gravadas al 15% y 60% al 5% el MNI se reparte en esa proporción:

ARTICULO ...- Deducción Especial. Cuando las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el país, obtengan las ganancias a que se refieren el primer artículo agregado sin número a continuación del artículo 90 y los incisos a) y b) del primer párrafo del cuarto artículo agregado sin número a continuación del artículo 90, en tanto se trate de ganancias de fuente argentina, podrá efectuarse una deducción especial por un monto equivalente a la suma a la que alude el inciso a) del artículo 23, por período fiscal y que se proporcionará de acuerdo a la renta atribuible a cada uno de esos conceptos.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm

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Re: RE: Re: Títulos Públicos

Mensajepor Patan » Mié Ene 24, 2018 10:05 am

Z37A escribió:Con al forma que tengo de operar los FCI voy a estar en el horno!!!!! Todos los meses compro partes de uno de renta fija en pesos y a lo largo del mes voy liquidando en partes! Lindo bardo va a ser declarar eso.... .........

No te envía resumen trimestral?
El Rojo te manda discriminado cuanto ganaste/perdiste en cada rescate de fci... es cuestión de sumar nada más, y hacer unos rescates x el total en ciertos momentos así te empieza a contar de cero (fin de año x ej....
Habría que limpiar lo que viene del año pasado nomás.

El resto ya me imagino que va a ser un bardo total...
No digo q no se pueda hacer, pero va a requerir horas-silla...
Soy CP y les insisto mucho a mis clientes con que inviertan, usen fci, compren bonos/lebac...
A partir de ahora, los mando que compren Blue o hagan plazos fijos bien sencillitos

Febo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Febo » Mié Ene 24, 2018 9:49 am

Al cierre de ayer.

Puntas de UST/ART en MAE hasta el momento: -- / -- (cierre de ayer 19.335)
Última badlar (22/01/2018): 22.8750%
Promedio últimas 5: 23.0625%
Badlar anterior (19/01/2018): 23.1250%
Promedio anterior: 23.0875%
20180123 T.jpg
20180123 T.jpg (137.82 KiB) Visto 989 veces
20180123.jpg
20180123.jpg (80.9 KiB) Visto 989 veces

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Mié Ene 24, 2018 9:14 am

DarGomJUNIN escribió:No veo ningún impedimento judicial, según el texto legal, de agotar
primero el M.N.I. contra la renta gravada con la Tasa del 15%
:mrgreen:

Si, supongo lo mismo, pero me preocupa como declarar los FCI, suelo comprar 1 o 2 veces al mes cuotapartes, y vender 4 o 5 veces o mas en el mes.... lo uso como Caja de Ahorro al FCI jajaja :idea: :115:

Los FCIs la liquidacion de impuesto corresponde al cliente o lo va a hacer el administrador del fondo mediante las operaciones internas del mismo? :?:

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Kostolany » Mié Ene 24, 2018 7:16 am

Estimados

Leí en páginas previas alguna confusión al respecto. Tal como se puede verificar en el "glosario" de la AFIP:
MÍNIMO NO IMPONIBLE: Es la parte de la base imponible que la ley libera del gravamen (monto no sujeto al impuesto), es decir que si se supera dicho monto, se comienza a tributar.

Es decir, el MNI debe entenderse como una fracción de la base imponible. Por ende, el cálculo del monto a tributar es como sigue:

[Monto a tributar] = ([base imponible] - [MNI])*[Alícuota]

Notar que la alícuota se aplica después de deducir el MNI.

Saludos.

DarGomJUNIN
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DarGomJUNIN » Mié Ene 24, 2018 1:21 am

Z37A escribió:Jajaja es la nube de gas amarilla, les afecta las neuronas a algunos... pobres....(no es para vos paisano)

A como plantea el vocero del call center, suponiendo un minimo no imponible de 60.000,00$(por redondear) vos tendrías que obtener ganancias en dolares por 20.000usd en papeles dolarizados(el calculo supone un dolar a 20 para redondear) en el año para recién comenzar a pagar el impuesto, teniendo en cuenta una tasa de 7% de algún bono, entonces bajo ese concepto solo pagaría el que tenga 287.000 de bonos dolarizados! Jajaja eso si seria un verdadero impuesto solo para los de alto poder adquisitivo! (287.000 bonos al 7% da aprox 20usd de intereses al año; 20.000usd x 20$= 400.000$; 15% de 400.000$ = 60.000 = supuesto MNI) Lo cual esta como el OGT!!!! :pared:

La Realidad es que vos tenes un MNI sobre la ganancia, no sobre el impuesto, por lo que usando el ejemplo anterior(60.000$ con dolar 20$ unos 3000usd), solo con papel en dolares al 7% anual deberías tener 42850 bonos aproximadamente, o sea a partir de ahí el extra que supere ese numero tributaria el 15%(por ser dolarizado). :golpe:

De esto el problema viene en base a tener una mezcla entre dolarizados y no, algo que la AFIP deberá reglamentar(no se si lo hizo aun), por que suponiendo uno tenga ganancias por 30.000$ en bonos en pesos(tributan 5%) y 60.000$ en bonos dolarizados(tributan 15%), yo usaría el MNI para los bonos en dolares, y así me ahorro dinero en impuestos! Ya que así pagaría solo el 5% sobre 30.000 y no 15% si usara el MNI para los pesos mas la mitad de los dolares, en fin, una desprolijidad atómica(claro, el que hizo la ley mucha cabeza no tiene, aspira el mismo humo amarillo toxico). Así que bueno, habrá que esperar en este caso que determina AFIP! :?:

PD: Cualquier error es bienvenida la corrección a este comentario, en especial si es de un contador que la tenga clara con normativas de la afip sobre como declarar estas cosas(en el caso de la mezcla)!

No veo ningún impedimento judicial, según el texto legal, de agotar
primero el M.N.I. contra la renta gravada con la Tasa del 15%
:mrgreen:


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