rodrigocabj12 escribió:santiago es el hijo de tomas ?
Sí
https://twitter.com/Santiagobulat
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rodrigocabj12 escribió:insisto con la pregunta de nuevo, si cobro menos de $65mil de renta al año entre todas las inversiones, me descuentan igual el 5/15% y luego tengo q pedir devolucion como en dolar ahorro, o directamente no me descuentan ni pago nada?
es una pavada decir q esto favorece a los pobres minoristas como yo, ya que el interes de x ejemplo las lebacs o pf va a ser mas alto?
DarGomJUNIN escribió:Desde el punto de vista legal y tributario, el mínimo NO imponible, deja sin ser gravado el monto equis promulgado.
Por una cuestión de disfraz político y periodistico, podrían denominarlo como DEDUCCIÓN y es la misma historieta.
Alfredo 2011 escribió:Santiago Bulat @Santiagobulat
Hace 1 hora
La superintendencia de seguros ayer llamó a todas las compañías para que bajen la exposición de Lebacs. A Diciembre van a poder tener un máximo del 25% y a marzo 0%.![]()
Marzo, è dopo...?
DarGomJUNIN escribió:
Siempre hay amigos y parientes para incorporar. No los necesitamos, si reglamentan bien.
Está bien sostener con mínimo no imponible ESPECIAL de $ 65.700 para la RENTA FINANCIERA.
Un interés anual de 8,75 en dólares (cotizando $ 17,50) sobre tenencia de USD 286.000
está justo en el borde del pago del 15% sobre el excedente, recién a partir de $ 65.700.
cuat escribió:(1.309.500 - 67.500) * 5% = 62.100
gina escribió:ej de lebacs 4.850.000 *27% renta = 1.309.500 * 5% = 65475 vs 65700 ...NO se paga nada
gina escribió:ej de lebacs 4.850.000 *27% renta = 1.309.500 * 5% = 65475 vs 65700 ...NO se paga nada
gina escribió:ej de lebacs 4.850.000 *27% renta = 1.309.500 * 5% = 65475 vs 65700 ...NO se paga nada
09ezemarq escribió:La única forma de que llegara un contribuyente a tener que pedir repetición del impuesto (devolución), es si el impuesto funcionara con algún esquema de retención, lo cual lo veo de difícil aplicación. Al ser un mínimo no imponible, y siendo la DDJJ confeccionada por el mismo contribuyente, deberías descontarte vos mismo el MNI de la base imponible, por lo que la respuesta es, en un 99%, que no vas a tener que pedir la devolución. Saludos
Patan escribió:La forma de recaudación todavía no la sabemos... sería raro que funcione por devolución... recarga de burocracia a la afip.
Sobre la última pregunta, es así. Lo planteé hace un par de semanas en tono irónico... El pequeñísimo inversor se termina beneficiando (poco). Igual para tiempos de tasas altas es MUY BAJITO un MNI de $65k...
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