Esto te lo hace/calcula un contador.
Te paso 2 cuadros simples de:
1) Cómo se valúa la tenencia de las compras en IIGG
2) Cómo se determina la ganancia de esa especie al momento de vender.
Aparte tenés las rentas, si son en dólares, las valuás al tipo de cambio de cierre de ese día.
El procedimiento no es complicado, puede haber alguna variación respecto a la "valuación inicial" como dije en otro post, donde podrán poner una fecha de "corte" de valuación para todo el mundo, como hicieron con el blanqueo (22/07/2016), sin importar cuando lo adquiriste.
guilleg escribió:Es que no se me ocurre como pueden aplicar el impuesto en cada venta o cupon de amortizacion. Para eso hay que determinar el precio de compra, y si hubo varias compras y ventas, como se hace ?
Por eso el balance de las personas juridicas se hace por totales a fin de año, ya sé queda todo en la tercera categoria, las personas fisicas seria segunda.
Las personas juridicas no tienen ajuste por inflacion asi que el impuesto les llega de pleno.
Aca se dijo que no iba a ver impuesto sobre la actualizacion y diferencias de cambio para las personas fisicas.