AlanT escribió:Non sequitur. Googlealo. Mi estimada amiga gina te pregunta acerca de ir a la ventanilla del banco con guita en la mano. Vos le contestás con el cambio de normativa en COMEX. Qué carajo tiene que ver una cosa con la otra?

Para vos AlanT de la página del BCRA obvio...pueden entrar y buscar CAMBIARIA...ahi les va a dar todos los datos.
Se destaca que a principios de agosto a través de la Comunicación “A” 6037 del 8.08.2016, se
dispuso un reordenamiento con cambios significativos en las condiciones generales en las que
venía operando el mercado de cambios desde el año 2002. La nueva regulación establece que las
operaciones de cambio se pueden cursar con declaración jurada del concepto que corresponda a
la operación de cambio, excepto en los casos en que se establecen requisitos específicos,
eliminando en general, la obligación de justificar con documentación cada operación cambiaria.
También se derogaron los topes mensuales para operar, aplicándose en este sentido únicamente
las disposiciones que limitan el uso del efectivo como parte de la política anti-lavado y las
restricciones de acceso al mercado vinculadas a operaciones de derivados con contrapartes del
exterior.
BESIS