
COME Sociedad Comercial del Plata
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Recalculando
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instigador
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
recién repasaba la tenencia de los FCIs, no tienen más del 4% del total de acciones. Alguno sabe dónde ver la posición del honorable CEO y el resto de la comitiva?
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
posibleee
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Citizen escribió:ahi tenes tu triple piso....si de aca no sale una W tamaño big mac
jajaja a esta altura me da igual, pero me encantaría corrida por la 3,45/3,60 mañana... va a ser rueda pochocleta jaja
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
juanchi escribió:Patron de velas en plena formación, para posible salaida alcista alcista... a ver el cierre como queda!!!!!!
ahi tenes tu triple piso....si de aca no sale una W tamaño big mac
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Recalculando
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Patron de velas en plena formación, para posible salaida alcista alcista... a ver el cierre como queda!!!!!!
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Recalculando escribió:Alguien sabe donde esta el CEO de NOEL ?
Anda con las papas fritas...
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Recalculando
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Alguien sabe donde esta el CEO de NOEL ?


Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Citizen escribió:Distribución de dividendos. Pago de interés.
ARTICULO 224. — La distribución de dividendos o el pago de interés a los accionistas son lícitos sólo si resultan de ganancias realizadas y líquidas correspondientes a un balance de ejercicio regularmente confeccionado y aprobado.
Dividendos.
ARTICULO 68. — Los dividendos no pueden ser aprobados ni distribuidos a los socios, sino por ganancias realizadas y líquidas resultantes de un balance confeccionado de acuerdo con la ley y el estatuto y aprobado por el órgano social competente, salvo en el caso previsto en el artículo 224, segundo párrafo.
Las ganancias distribuidas en violación a esta regla son repetibles, con excepción del supuesto previsto en el artículo 225.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Distribución de dividendos. Pago de interés.
ARTICULO 224. — La distribución de dividendos o el pago de interés a los accionistas son lícitos sólo si resultan de ganancias realizadas y líquidas correspondientes a un balance de ejercicio regularmente confeccionado y aprobado.
ARTICULO 224. — La distribución de dividendos o el pago de interés a los accionistas son lícitos sólo si resultan de ganancias realizadas y líquidas correspondientes a un balance de ejercicio regularmente confeccionado y aprobado.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Adquisición de sus acciones por la sociedad.
ARTICULO 220. — La sociedad puede adquirir acciones que emitió, sólo en las siguientes condiciones:
1º) Para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital;
2º) Excepcionalmente, con ganancias realizadas y líquidas o reservas libres, cuando estuvieren completamente integradas y para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima asamblea ordinaria;
3º) Por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpore.
ARTICULO 220. — La sociedad puede adquirir acciones que emitió, sólo en las siguientes condiciones:
1º) Para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital;
2º) Excepcionalmente, con ganancias realizadas y líquidas o reservas libres, cuando estuvieren completamente integradas y para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima asamblea ordinaria;
3º) Por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpore.
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chango salteño
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
QUE MANERA DE ROMPER LAS PELOTAS CON LAS ACCIONES QUE NADIE RECLAMÓ
ESO NO HACE QUE
O QUE
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LO MÁS PROBABLE DENTRO DE VARIOS AÑOS ES QUE LAS REDISTRIBUYAN , OMQUE DISMINUYAN EL CAPITAL SOCIAL!!! solo desntrO de muchos años!!!
ESO NO HACE QUE
LO MÁS PROBABLE DENTRO DE VARIOS AÑOS ES QUE LAS REDISTRIBUYAN , OMQUE DISMINUYAN EL CAPITAL SOCIAL!!! solo desntrO de muchos años!!!
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
“Por nuestra parte entendemos que la constitución de sociedad con los acreedores mediante la capitalización del pasivo concursal, es tanto una herramienta sumamente útil para la reestructuración de pasivos, como una forma adecuada de interesar a los acreedores en el futuro de la empresa. Decimos esto pues, más allá de haber implementando este tipo de propuestas innumerables veces en el transcurso de nuestra actuación profesional, estamos convencidos de su utilidad práctica”. Esta es una práctica que hemos desenvuelto en 58 años de ejercicio profesional, con éxito para nuestros asesorados, sea la sociedad en crisis o acreedores en casos, con la aplicación de tres legislaciones diferentes (Leyes 11.719, 19.551 y 24.522).
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Porque cuando emitieron 100 palos de acciones para pagarle al provincia el papel no se hizo ex?
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