De las afjp....muchisimos hay...

El fin.....aciones....si o si.....a producir

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Don Américo escribió:Adrianus buen día. Te recomiendo que contactes a Leoanardo Glikin, erudito en la materia. Escribió algunos libros además. Hace algunos años lo consulté por lo mismo y lo tengo como un pendiente. Me parece una persona avezada.
Saludos
Adrianus escribió:Por cosas como estas es que yo decía del fideicomiso. Ante un accidente mortal uno se asegura que sus cosas no se pierdan. En el caso de las acciones y bonos, se imaginan el lío que es hasta que el familiar pueda sacar las cosas de la comitente.
juanpablomj escribió:
Busca el prospecto del bono, pediselo a la secretaria de finanzas del gobierno emisor. Si es un plazo fijo vas a tener q buscarlo en el banco. Ahi podes leer el contrato entero y podes analizar las clausulas q tiene. Todos los contratos tienen caducidad y en el caso Argentino hubo muchas vueltas legales de por medio, por tanto no te ilusiones de cobrarlo facil. MUCHO cuidado a quien se lo dejas para q te asesore porque poca gente conoce en profundidad estos puntos.
bariloche escribió:Por favor necesito una mano. Encontré en un cajón, chequeras de bonos de 1989 con todos los cupones adheridos. Aparentemente de mi padre ya fallecido. Los mismos son cupones de u$s 100 y u$s 1.000. Mis consultas serían:
1- los podré cobrar?
2- tengo que ir al banco central? Pues aparentemente es de un plazo fijo que tenia mi padre.
3- hay algún impedimento legal?
bariloche escribió:Por favor necesito una mano. Encontré en un cajón, chequeras de bonos de 1989 con todos los cupones adheridos. Aparentemente de mi padre ya fallecido. Los mismos son cupones de u$s 100 y u$s 1.000. Mis consultas serían:
1- los podré cobrar?
2- tengo que ir al banco central? Pues aparentemente es de un plazo fijo que tenia mi padre.
3- hay algún impedimento legal?
Adrianus escribió:Me parece que no. Además que la parte que no se puede usar para testamento va a la sucesión.
En el fideicomiso se podría poner todo y de ahí decidir como distribuir todo.
alejoalejo escribió:BPLE. Otra opción.
Si bien tiene poca liquidez, yo lo tendría en cuenta para una parte de la cartera.
Es un bono en moneda dura (euros). Cada euro vale 1,11 dólares.
Es el hermano en euros del BPLD.
Ambos y el DICA tienen similar DM. Cerca de 8
¿Cuánto rinden?
El DICA: 7,65%.
El BPLD: 8;88%.
El BPLE: 9,68%.
Me parece una diferencia interesante. Sólo con el DICA 2 puntos de TIR.
En consecuencia con lo que pienso, pase una parte de DICA a BPLE.
Sólo comparto mi visión, no es recomendación.
Buen domingo.
Don Américo escribió:
El testamento no lo evita?
Adrianus escribió:Es que después en ambos casos después hay que hacer la transferencia y queda pasible de algún impuesto o de hacer la sucesión.
Yo estoy buscando algo que evite la sucesión
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