Alex escribió:Los acumulados debería cobrarlos quién los tenía a las fechas de corte, porque solo no se los pagaron x una orden judicial q lo impidió en su momento, pero fueron a disposición x el gob nacional, en el fid del Nación y para mi le corresponde a quién se banco cada uno de los vencimientos como es con todos los bonos q cotizan en Buenos Aires. En NY es diferente xq cotizan diferente.
Por eso si los tenes en NY deberías cobrar todo, xq te los vendieron a mayor precio xq aún mantiene los cupones, si los tenías en Arg (CNV) deberían pagarte los cupones q te estan debiendo. Creo q tecnologicamente es muy facil de realizar.

Bajo la gestión kirchnerista, una vez que el magistrado neoyorkino tomó esa decisión en 2014, se ofreció el pago de los vencimientos de los papeles bajo ley extranjera, pero en la Argentina. En ese entonces, el Banco Nación canalizaba los desembolsos -en realidad, lo sigue haciendo ahora- pero "pisaba" o retenía los títulos cuyo servicio abonaba.
Fueron pocos los inversores que solicitaron cobrar en el Nación y están indentificados. Ahora, cuando liberen los próximos pagos de la deuda con legislación extranjera (son bajo legislación de Nueva York e inglesa), los desembolsos se harán lógicamente a los que no hayan cobrado los servicios a través del Banco Nación.
Quien cobró los cupones acá, sus bonos quedaron inmovilizados y para retirarlos debía devolver los intereses cobrados.
Fue condición ineludible (para poder cobrar) que esos bonos quedaran depositados en un fideicomiso del Banco Nación.
En la jerga del mercado, hoy los papeles en cuestión (Globales, Par y Descuento ley extranjera) se operan bajo la forma "dirty", es decir, incluyendo en los precios los cupones acumulados pendientes de pago. Y quien cobra esos desembolsos atrasados es el tenedor de los papeles al momento del nuevo pago. Bank of New York canalizará las transferencias de fondos, tras varios pasos legales aún pendientes.


