COME Sociedad Comercial del Plata
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
El Cuervo te respondo. Si, se puede. Se hace mediante un Convenio que en Provinxia es ante el ministerio de trabajo. Saludos.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
nunca se olviden que cualqueir acuerdo entre partes que altera el ordenamiento publico, no es valido.
eso surge despues de q a los empleados los hayan cagado por muchos años, con "acuerdos entre partes" que presuntamente beneficiaban a ambos y mas al empleado, y luego resultaba q no era tan asi.
entonces en algunos casos por mas que arregles algo de mutuo acuerdo y ambos esten contentos, si la ley dice que asi no va, no va, y se acabo. y el contrato no es valido. si nadie reclama, nadie se enterara, pero si alguno se manifiesta disconforme en algun momento, apela al ordenamiento publico,.
eso surge despues de q a los empleados los hayan cagado por muchos años, con "acuerdos entre partes" que presuntamente beneficiaban a ambos y mas al empleado, y luego resultaba q no era tan asi.
entonces en algunos casos por mas que arregles algo de mutuo acuerdo y ambos esten contentos, si la ley dice que asi no va, no va, y se acabo. y el contrato no es valido. si nadie reclama, nadie se enterara, pero si alguno se manifiesta disconforme en algun momento, apela al ordenamiento publico,.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
rivas144 escribió: Cuervo,
No soy boga pero si se puede.
Está contemplado en la ley de contrato de trabajo.
Leé los Arts. 225 a 230
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... texact.htm
AlanT escribió:En un contrato se puede cualquir cosa (que no sea ilegal). Ojo que esos artículos hablan de otra cosa que nada que ver...
No señor, hablan de eso.
Volvé a leer.
Y si no entendés, volvé a leer de nuevo.
Hasta que entiendas.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
ElcuervoRT escribió:Muchachos, necesito hacer una consulta simple a algún abogado, hay alguno en COME que quiera responder... ??
La cosa no parece compleja, el miércoles tengo una reunión con la empresa para la que trabajo desde hace 10 años, (Soy Ingeniero electromecánico y me desempeño como proyectista en obras, modificaciones y proyectos nuevos) para tratar una propuesta de la misma que es trasladarme como responsable del area de mantenimiento a otra empresa (distinta razón social) pero del mismo grupo económico aquí en la misma ciudad donde resido.
La consulta es, se puede transferir un empleado entre distintas razones sociales? debo exigir que me indemnicen y tomen por la otra empresa o pueden transferirme con un contrato que asegure que la antigüedad y demás beneficios se mantengan ?
Se que es offtopic, pero entiendan que esto no me deja dormir y no se a quien recurrir personalmente
supongo q es un contrato entre partes que ni altera el ordenamiento publico, ni te quita derechos ya que uno los pierde y otro los tema, es mas se me ocurre que ambas empresas pasarian a ser solidariamente responsables para con tus obligaciones ya existentes, pero los casos parecidos que conozco, estuvo la indemnizacion antes.
no soy abogado yo ehhhh, es una opinion
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
rivas144 escribió: Cuervo,
No soy boga pero si se puede.
Está contemplado en la ley de contrato de trabajo.
Leé los Arts. 225 a 230
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... texact.htm
En un contrato se puede cualquir cosa (que no sea ilegal). Ojo que esos artículos hablan de otra cosa que nada que ver...
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Athila escribió:Compra base 3,00 para lanzar base 3,15 3,30 y 3,45
pipioeste22 escribió:
No opero lotes, pero supongo q tiene q subir el papel segun lo q nombras
El que lanza arriba no piensa en SUBA, si en disminuir el costo de la prima base 3,00 y si mañana comienza a bajar el papel le da tiempo a ganar algo con ésta base y recomprar a menos las bases altas lanzadas embolsando la diferencia.-
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Come manana creo nos sorprendera,.....esta muy buscado el papel,.....nadie regala y van a pagar,......para mi es
veremos,.......!!!!!!



Re: COME Sociedad Comercial del Plata
pipioeste22 escribió:
Q queres decir colega con esto?
que el viernes el pelpa en la última hora bajó algo ....

y hubo uno que pedía cantidades de compra de lotes , en especial esa base la 3.00ag y .....

no se los dieron todos !!!

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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Athila escribió:Compra base 3,00 para lanzar base 3,15 3,30 y 3,45
No opero lotes, pero supongo q tiene q subir el papel segun lo q nombras
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Athila escribió:Compra base 3,00 para lanzar base 3,15 3,30 y 3,45


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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
neofito escribió:Lo de 3.10 a 3.20 es puro humo y lo de arriba de 3.20 es super humo. Puede llegar a 3.00

Me voy cantando Monday, bloody monday..


https://m.youtube.com/watch?v=JFM7Ty1EEvs
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Compra base 3,00 para lanzar base 3,15 3,30 y 3,45
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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
2155 lotes a 0.325 de la 3.00ag
[/quote]

Máximo + escribió:
y no se los dieron todos .
Máximo + escribió:
porque será ???
Q queres decir colega con esto?
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Máximo + escribió:el Vie Jul 03, 2015 5:21 pm
2155 lotes a 0.325 de la 3.00ag
Máximo + escribió:
y no se los dieron todos .
Máximo + escribió:
porque será ???

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Re: COME Sociedad Comercial del Plata
rivas144 escribió: Cuervo,
No soy boga pero si se puede.
Está contemplado en la ley de contrato de trabajo.
Leé los Arts. 225 a 230
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... texact.htm
Gracias, Rivas, lo voy a leer ya mismo, abrazo
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