DiegoYSalir escribió:otra duda para la ddjj, no es para mi, yo siempre gano, pero a un amigo le fue muy mal en 2014 y ahora revisando se da el hipotético caso de que perdió, el tipo perdió un monto bastante representativo de su patrimonio, donde lo declara, ayer en la clase el profe rivas me indico donde poner las ganancias, pero si hipotéticamente hubieran sido perdidas, uds la pondrían en "otros conc. que no just. erog o aumento patrimonial" o se asume como parte del consumido?
y si fueran de una cuenta en verde declarada también, estamos en la misma que les parece?
(perdón por el offtopic)
la perdida solo puede deducirse contra ganancias de la misma categoria hasta 5 años despues, por lo tanto creeria que va por la via de quebranto pero don rivas sabe mas del tema