
Fcurcu, si ud es un pobre mortal como tantos, y quien le escribe, y debe presentar su Decla Anual de Impuestos, por tener un depto de dos ambientes y un auto, el manual dice que debería declarar sus tenencias al cierre. Es una maravilla, el sistema hace todo por Ud. Tanquilo que no le computa para Bs Personales, salvo que sean acciones del Exterior, ojo, CEDEARS tributan, que no le encuentre un 31 de diciembre con City.... Tampoco computa ganancias, mientras no sea habitualista no están gravadas. Capitulo especial tiene quien opera con derivados, el manual dice que debería declararlo al inicio de su Decla, y ahí le ponen un ojo. Esto hace que justifique su ecuación de ingresos. Eso es todo, no debería generarle muchos mas inconvenientes. Igualmente me siento en la verdulería diciendole a la vecina que la palta le viene bien para sacarse las ojeras, asi que ante cualquier duda, consulte su contador.
Krishna