jldos escribió:Será endosable a partir de la primera aplicación. Es decir cuando se use por primera vez para una operación inmobiliaria el banco lo sellará con la leyenda "aplicado" a partir de ahí podrá ser endosado.
A ver si te entendí bien.
Vendo una propiedad, me entregan un CEDIN..., el banco me lo sella "aplicado", no me entrega los billetes y yo me lo llevo para operarlo en un mercado secundario???, no sería conveniente retirar los dólares sin ningún tipo de quita sobre su valor nominal (propia del mercado secundario)???