Febo escribió: Cuestión técnica: el incumplimiento está o no está. El % no es para declarar incumplimiento sino para reclamar aceleración de los pagos (todo excepto el cupón PBI, que no tiene "principal" -capital-).
Para reclamar la aceleración de los pagos se requiere el 25% del agregado:
"If any of the events of default described above occurs and is continuing, the holders of at least 25% of the
aggregate principal amount of the debt securities of that series outstanding (as defined below)"
Para hacer modificaciones a las condiciones de emisión, el % requerido es del 66,66% de las series afectadas (no entiendo bien este punto, porque los requisitos para las CAC son mayores... 85% del capital Y 65% de las series afectadas).
Muy bien. Entonces lo que habría que ver es el tema del 66.6%. Que digo: si los fondos especulativos tienen ese porcentaje de una seria se van a agarrar de la misma y no van a aceptar ningún tipo de cambio en las condiciones de emisión, esto es cambio en la modalidad de pago o legislación aplicable. De esta forma lograrían que se declare default y así ejecutar los CDS. No creo que sean tan improvisados como para no haberse asegurado esos porcentajes.