martin escribió:Para no complicarla reinviértanla toda y déjense de jorobar !!


Exacta síntesis de TODO el tema impositivo.

Darío de Junín
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martin escribió:Para no complicarla reinviértanla toda y déjense de jorobar !!
rca escribió:Dario
muy justo
entonces, si reinvierto no pago ganancias hasta que los declare como efectivo líquido. Pero si Bienes Personales.
Eso fue la primer pregunta.
la segunda es:
Cuando el cupón se extingue una hipótesis es ingresar todo en bonos o en renta variable. Ahí cambia algo.
la segunda hipo es quedarse líquido. Entonces supongo vas a ganacia spor el 33% de la liquidez ?
me suena muy loco.
atrevido escribió:el año pasado operaba con un banco y el dinero de la renta iba a caja de ahorros y por estar en caja de ahorros , sea de pesos o de dolares, estaba exento.
Esta vuelta estoy con una soc de bolsa y no me queda claro q pasa impositivamente si uno deja lo cobrado en la cuenta.
martin escribió:Y si lo dejas en pesos, en teoría, tenes que pagar bienes personales por ese dinero.
DarGomJUNIN escribió: Correcto, el saldo del efectivo al 31/12 (depositado en un agente de bolsa), NO ESTÁ EXENTO EN BIENES PERSONALES.![]()
Darío de Junín
hernan1974 escribió: Dario y si uno lo presta en caucion? que sucede? hay que pagar tambien? gracias
martin escribió:puma sino se reinvierte la renta no se pagan ganancias por esa renta.
marcos90ar escribió:PUMA:como le va ?.Tanto tiempo.
hernan1974 escribió:Dario y si uno lo presta en caucion? que sucede? hay que pagar tambien? gracias
DarGomJUNIN escribió:
La única forma que se salven de pagar Impuesto Bienes Personales, sobre la renta que quede líquida, es declarar que la gastaron pero NUNCA más podrán reinvertir ese dinero en algún tipo de bienes o servicios que queden registrados.![]()
Darío de Junín
atrevido escribió:el año pasado operaba con un banco y el dinero de la renta iba a caja de ahorros y por estar en caja de ahorros , sea de pesos o de dolares, estaba exento.
Esta vuelta estoy con una soc de bolsa y no me queda claro q pasa impositivamente si uno deja lo cobrado en la cuenta.
martin escribió:Y si lo dejas en pesos, en teoría, tenes que pagar bienes personales por ese dinero.
DarGomJUNIN escribió: Correcto, el saldo del efectivo al 31/12 (depositado en un agente de bolsa), NO ESTÁ EXENTO EN BIENES PERSONALES.![]()
Darío de Junín
atrevido escribió:el año pasado operaba con un banco y el dinero de la renta iba a caja de ahorros y por estar en caja de ahorros , sea de pesos o de dolares, estaba exento.
Esta vuelta estoy con una soc de bolsa y no me queda claro q pasa impositivamente si uno deja lo cobrado en la cuenta.
martin escribió:Y si lo dejas en pesos, en teoría, tenes que pagar bienes personales por ese dinero.
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