atrevido escribió:el año pasado operaba con un banco y el dinero de la renta iba a caja de ahorros y por estar en caja de ahorros , sea de pesos o de dolares, estaba exento.
Esta vuelta estoy con una soc de bolsa y no me queda claro q pasa impositivamente si uno deja lo cobrado en la cuenta.
martin escribió:Y si lo dejas en pesos, en teoría, tenes que pagar bienes personales por ese dinero.
DarGomJUNIN escribió:
Correcto, el saldo del efectivo al 31/12 (depositado en un agente de bolsa), NO ESTÁ EXENTO EN BIENES PERSONALES.
Darío de Junín
hernan1974 escribió:
Dario y si uno lo presta en caucion? que sucede? hay que pagar tambien? gracias
El préstamo de dinero, vía caución bursátil, NO se considera plazo fijo bancario y carece de exención específica.
Darío de Junín