Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
[quote="EJS"]5.2.2. Los depósitos a la vista en los que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia, y los depósitos e inversiones a plazo que superen 1,3 veces esa tasa o la tasa de referencia más 5 puntos porcentuales –la mayor de ambas–.
Las tasas de referencia son difundidas periódicamente por el BCRA por medio de Co- municaciones “B”, determinadas según el promedio móvil de los últimos cinco días
Hoy , como comente antes en el banco me dijeron que por arriba de la tasa de referencia no te cubre la garantía , lo mismo me dijo el que me maneja la comitente ...
en la redacción de punto 5.2.2 veo algo que puede aclarar o confundir más , (hay una coma “,” y una “y” , gramaticamente incompatible pero si quisieron separar dos situaciones diferentes !!!
consulto qué diferencia hay en “Los depósitos a la vista....”, y “los depósitos e inversiones a plazo...”. Pareciera que el 1,3 veces o los 5 puntos... aplican solo para estos últimos
Medio rebuscado pero hay que consultar en los bancos
No le den bola a la última parte del anterior , me pasaron el vigente , perdón
Por otro lado el BCRA da la tasa de referencia con COM B
http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/B11799.pdf
Para depósitos en pesos 42.42
Para depósitos de Unidades de Valor Adquisitivo actualizable por “CER” - Ley 25.827 (UVA) y de Unidades de Vivienda actualizable por “ICC” - Ley 27.271 (UVI) 6.39
Para depósitos en dólares 1.36
Las tasas de referencia son difundidas periódicamente por el BCRA por medio de Co- municaciones “B”, determinadas según el promedio móvil de los últimos cinco días
Hoy , como comente antes en el banco me dijeron que por arriba de la tasa de referencia no te cubre la garantía , lo mismo me dijo el que me maneja la comitente ...
en la redacción de punto 5.2.2 veo algo que puede aclarar o confundir más , (hay una coma “,” y una “y” , gramaticamente incompatible pero si quisieron separar dos situaciones diferentes !!!
consulto qué diferencia hay en “Los depósitos a la vista....”, y “los depósitos e inversiones a plazo...”. Pareciera que el 1,3 veces o los 5 puntos... aplican solo para estos últimos
Medio rebuscado pero hay que consultar en los bancos
No le den bola a la última parte del anterior , me pasaron el vigente , perdón
Por otro lado el BCRA da la tasa de referencia con COM B
http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/B11799.pdf
Para depósitos en pesos 42.42
Para depósitos de Unidades de Valor Adquisitivo actualizable por “CER” - Ley 25.827 (UVA) y de Unidades de Vivienda actualizable por “ICC” - Ley 27.271 (UVI) 6.39
Para depósitos en dólares 1.36
Re: Títulos Públicos
paisano escribió:Los porcentajes que te pasaron son correctos.
http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/B11799.pdf
Ahora vos habrás leído lo mismo que yo, la normativa no menciona si para una tasa en dólares la cuenta es distinta, yo interpreto que es independiente del tipo de moneda y la forma de hacer la cuenta es la misma.
Ya que hablaste con los de Piano, preguntales si la forma de hacer la cuenta es la misma para pesos y para dólares partiendo en cada caso de los porcentajes de referencia que da el BCRA para cada tipo de moneda.
5.2.2. Los depósitos a la vista en los que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia, y los depósitos e inversiones a plazo que superen 1,3 veces esa tasa o la tasa de referencia más 5 puntos porcentuales –la mayor de ambas–.
Las tasas de referencia son difundidas periódicamente por el BCRA por medio de Co- municaciones “B”, determinadas según el promedio móvil de los últimos cinco días
Hoy , como comente antes en el banco me dijeron que por arriba de la tasa de referencia no te cubre la garantía , lo mismo me dijo el que me maneja la comitente ...
en la redacción de punto 5.2.2 veo algo que puede aclarar o confundir más , (hay una coma “,” y una “y” , gramaticamente incompatible pero si quisieron separar dos situaciones diferentes !!!
consulto qué diferencia hay en “Los depósitos a la vista....”, y “los depósitos e inversiones a plazo...”. Pareciera que el 1,3 veces o los 5 puntos... aplican solo para estos últimos
Medio rebuscado pero ... no se que diferencia hay
Por otro lado el BCRA da la tasa de referencia en pesos , como ustedes no sé cómo es en dólares
http://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEst ... %20%%20n.a.)
09/01/2019 42,46
10/01/2019 46,13
11/01/2019 44,08
14/01/2019 43,38
15/01/2019 43,71
16/01/2019 43,24
17/01/2019 43,70
18/01/2019 44,09
Re: Títulos Públicos
revelde escribió:Contra qué lo estás comparando?
El que no sacó el crédito UVA sigue alquilando (o vive bajo un puente?).
El que sacó UVA y no lo puede pagar, vende y se queda con lo ahorrado + 25% del valor de la vivienda(25% o algo menos diría yo) y al alquiler lo paga con lo que pagaría la cuota, no pierde lo ahorrado ni nada.
El gobierno no tiene por qué hacerse cargo, además hay una instancia de renegociación donde estiran los plazos del crédito.
El que sacó hace un año y garpó 30% ( eso ya lo tenía siempre fue dueño de ese 30) debe 0.66666 . El 3.33% pagó es 1 año de 30 , faltan 29
Uva sube 48.22% y dolar 99.48% en el año, el valor metro cuadrado en caba sube 5.3%.
El q compró la casa Ganó 110% y la deuda solo subió al 48.22% . Por lo tanto el que necesita que lo ayuden es el banco que puso los dolares y recibirá pesos devaluados. No me extraña que sigan ayudándolos, antes con lebac, despues la lecap, ahora la leliq, y mañana ....
Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:si no entendí mal, el decreto se lo pasaron por la cola...
según banco piano, la tasa de referencia en pesos actual es 42,42% y el limite de garantía sería si aplicamos lo que indican uds, la tasa mayor entre 47,42% (42.42+5) y 42,42*1,3=53% aprox, o sea 53%
en usd la referencia es 1,36% pero dudo que la garantía sea hasta la mayor entre 6,36% (1,36+5) y 1,76% (1,36x1,3)
cómo lo interpretan?
Los porcentajes que te pasaron son correctos.
http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/B11799.pdf
Ahora vos habrás leído lo mismo que yo, la normativa no menciona si para una tasa en dólares la cuenta es distinta, yo interpreto que es independiente del tipo de moneda y la forma de hacer la cuenta es la misma.
Ya que hablaste con los de Piano, preguntales si la forma de hacer la cuenta es la misma para pesos y para dólares partiendo en cada caso de los porcentajes de referencia que da el BCRA para cada tipo de moneda.
Re: Títulos Públicos
serpdf escribió:Como dijo fabio un dia... El que no lo quiera q me de la propiedad y le doy la q puso.
Encima que les dieron un credito en pesos para comprar un bien dolarizado, ¿¿¿se quejan???
Re: Títulos Públicos
paisano escribió:Es lo que EJS ya te habia adelantado, eso es lo oficial y a eso se atienen los bancos, lo que digan los diarios a los bancos no les interesa, para ellos lo que vale es lo que dice el BCRA.
si no entendí mal, el decreto se lo pasaron por la cola...
segun banco piano, la tasa de referencia en pesos actual es 42,42% y el limite de garantia sería si aplicamos lo que indican uds, la tasa mayor entre 47,42% (42.42+5) y 42,42*1,3=53%aprox, o sea 53%
en usd la referencia es 1,36% pero dudo que la garantia sea hasta la mayor entre 6,36% (1,36+5) y 1,76% (1,36x1,3)
cómo lo interpretan?
Re: Títulos Públicos
revelde escribió:Contra qué lo estás comparando?
El que no sacó el crédito UVA sigue alquilando (o vive bajo un puente?).
El que sacó UVA y no lo puede pagar, vende y se queda con lo ahorrado + 25% del valor de la vivienda(25% o algo menos diría yo) y al alquiler lo paga con lo que pagaría la cuota, no pierde lo ahorrado ni nada.
El gobierno no tiene por qué hacerse cargo, además hay una instancia de renegociación donde estiran los plazos del crédito.
Como dijo fabio un dia... El que no lo quiera q me de la propiedad y le doy la q puso.
Re: Títulos Públicos
BLACK HORSE escribió:Entiendo lo que decís desde el punto pragmático, pero tene en cuenta que el que saco un crédito UVA, tenia como objetivo su casa propia. Si vende y saca 25% en el ideal de los casos, después no puede acceder a otra vivienda y la ganancia la gasta en alquiler. Ademas vuelve a foja cero el proyecto de vivienda.
Contra qué lo estás comparando?
El que no sacó el crédito UVA sigue alquilando (o vive bajo un puente?).
El que sacó UVA y no lo puede pagar, vende y se queda con lo ahorrado + 25% del valor de la vivienda(25% o algo menos diría yo) y al alquiler lo paga con lo que pagaría la cuota, no pierde lo ahorrado ni nada.
El gobierno no tiene por qué hacerse cargo, además hay una instancia de renegociación donde estiran los plazos del crédito.
Re: Títulos Públicos
paisano escribió:Esto es lo último publicado por el BCRA al respecto
http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/Texord/t-seggar.pdf
Es lo que EJS ya te habia adelantado, eso es lo oficial y a eso se atienen los bancos, lo que digan los diarios a los bancos no les interesa, para ellos lo que vale es lo que dice el BCRA.
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BLACK HORSE
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Re: Títulos Públicos
ironhide escribió:Por que se va a hacer cargo el estado, el que sacó un crédito uva puede vender la propiedad, pagar el crédito y quedarse con una ganancia de 25% en verdes, ahora si esperan a que el uva llegue a 40 ahí si van a estar jodidos.
Entiendo lo que decís desde el punto pragmático, pero tene en cuenta que el que saco un crédito UVA, tenia como objetivo su casa propia. Si vende y saca 25% en el ideal de los casos, después no puede acceder a otra vivienda y la ganancia la gasta en alquiler. Ademas vuelve a foja cero el proyecto de vivienda.
Re: Títulos Públicos
czekajlo escribió:creo que hay un nuevo tope, algunos bancos en su pagina dicen 1,3 x tasa de referencia
esto modifica el decreto mencionado así que parece que es tierra de nadie, comienzo a extrañar al bo.ludo que estaba en medias sin zapatos y oficiaba de vice del bcra...
no hay tope segun del decreto
o
sigue el tope de siempre segun los certificados
o
el nuevo tope por fuera del decreto seria de 1,3 x la tasa de referencia
alguien sabe?
Esto es lo último publicado por el BCRA al respecto
http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/Texord/t-seggar.pdf
Re: Títulos Públicos
guilleg escribió:El decreto 30/2018 publicado el 12/01/18 en el Boletín Oficial derogó el tope de 2 puntos sobre la tasa de plazos fijos del Banco Nación.
Después sacaron que el tope se calcula de otra manera, pero hay topes.
creo que hay un nuevo tope, algunos bancos en su pagina dicen 1,3 x tasa de referencia
esto modifica el decreto mencionado así que parece que es tierra de nadie, comienzo a extrañar al bo.ludo que estaba en medias sin zapatos y oficiaba de vice del bcra...
no hay tope segun del decreto
o
sigue el tope de siempre segun los certificados
o
el nuevo tope por fuera del decreto seria de 1,3 x la tasa de referencia
alguien sabe?
Re: Títulos Públicos
BLACK HORSE escribió:No queda otra que se haga cargo el estado, los bancos deberían verle la cartera. La venta y promoción estuvo mal explicada, contemplaron un solo escenario... uno solo con globos. Pero no explicaron que pasaba si el país explotaba. Si no se hace cargo, viene la baja de precios y remates de las propiedades. Muchos apuestan a esto ultimo.
Por que se va a hacer cargo el estado, el que sacó un crédito uva puede vender la propiedad, pagar el crédito y quedarse con una ganancia de 25% en verdes, ahora si esperan a que el uva llegue a 40 ahí si van a estar jodidos.
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BLACK HORSE
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Re: Títulos Públicos
eldesignado escribió:Fue un negocio interesante para el que le faltaba poco para llegar o el que compró con el crédito y vendió después de la devaluación. Incluso el Nación tenía una línea con tasa mucha más baja que el resto. Pero para la mayoría que se metió sin saber lo que era es un verdadero problema. Leí que hay 130.000 créditos pendientes y me imagino que si se complica mucho, con marchas y todo eso a la larga va a pasar lo que pasa siempre, el estado se termina haciendo cargo y todos pagamos esta aventura.
No queda otra que se haga cargo el estado, los bancos deberían verle la cartera. La venta y promoción estuvo mal explicada, contemplaron un solo escenario... uno solo con globos. Pero no explicaron que pasaba si el país explotaba. Si no se hace cargo, viene la baja de precios y remates de las propiedades. Muchos apuestan a esto ultimo.
Re: Títulos Públicos
El decreto 30/2018 publicado el 12/01/18 en el Boletín Oficial derogó el tope de 2 puntos sobre la tasa de plazos fijos del Banco Nación.
Después sacaron que el tope se calcula de otra manera, pero hay topes.
Después sacaron que el tope se calcula de otra manera, pero hay topes.
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