TRAN Transener
Re: TRAN Transener
Y si!! hay momentos y momentos para desprenderse de un papel. Energía NO se toca 
Re: TRAN Transener
Según se desprende de las resoluciones del ENRE, Transener en promedio va a casi triplicar la tasa de inflación del trimestre, subiendo sus tarifas alrededor de un 19% contra una infleta del orden del 7%. Si a eso le sumamos la privatización (que es un sale o sale en el primer trimestre 2026), la ausencia de deudas financieras, la montaña de cash sobre la que está parada, el importante fondo para futuros dividendos, su bajo ratio de PER, su excelente EBITDA, y la probable mayor venta de energia en un 2.026 con anunciado crecimiento del PBI . . . y no sep . . . me dan ganas de salir corriendo a hacer un plazo fijo!!!

Re: TRAN Transener
La energía por ahora no tiene techo a estos precios 
Re: TRAN Transener
jejeje hagan un plazo fijo muchachos!!
Y el que no tenga miedo que lea el Boletín Oficial de hoy.
5,87% le sube la tarifa a Transener sólo por Diciembre. Esta empresa es un chanchito de cash!!!
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 778/2025
RESOL-2025-778-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-47232985-APN-SD#ENRE, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia del Sector Energético Nacional, en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, la que fue prorrogada, sucesivamente, por el Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024 y el Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025, hasta el 9 de julio de 2026.
Que, asimismo, por el Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que, en el marco de las emergencias económica y energética declaradas por las normas señaladas, y ante la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023, el MINISTRO DE ECONOMÍA, mediante Nota N° NO-2025-131037389-APN-MEC de fecha 26 de noviembre de 2025, estima imperioso continuar con la corrección de los precios relativos de la economía, entre los cuales se encuentran las tarifas concernientes al sector de energía eléctrica.
Que a través de la nota referida precedentemente el MINISTRO DE ECONOMÍA, sostiene, entre otros particulares, que las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de energía eléctrica deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y de acuerdo a las pautas señaladas en su anterior Nota N° NO-2025-44507112-APN-MEC de fecha 28 de abril de 2025.
Que, por su parte, la SECRETARÍA DE ENERGÍA, mediante Nota N° NO-2025-131069819-APN-SE#MEC de fecha 26 de noviembre de 2025, instruye al ENRE al efectivo cumplimiento de lo establecido en la Nota N° NO-2025-131037389-APN-MEC.
Que el ENRE, mediante la Resolución N° 305 de fecha 30 de abril de 2025, entre otras cosas, estableció: a) En su artículo 2, aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), los valores mensuales y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) con vigencia a partir del 1 de mayo de 2025, contenidos en el Anexo II (IF-2025-44455735-APN-ARYEE#ENRE), que forma parte integrante de dicho acto y; b) En el artículo 3, rectificado por la Resolución ENRE N° 388 de fecha 29 de mayo de 2025, aprobar un incremento mensual del CUATRO COMA TREINTA Y UN POR CIENTO (4,31%) sobre los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de TRANSENER S.A. y a los valores mensuales establecidos en el artículo 2 de dicha resolución, a aplicarse a partir de las CERO HORAS (00:00 h) del 1 de junio de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive.
Que, por su parte, en el artículo 4 de la Resolución ENRE N° 305/2025 se aprobó el Mecanismo de actualización de la remuneración y del Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas de las Empresas Concesionarias del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal y de las Empresas Transportistas Independientes.
Que el objetivo del mecanismo de actualización establecido es que el valor de la remuneración y de las sanciones que percibe la transportista se mantenga durante todo el período tarifario de CINCO (5) años en términos reales.
Que, a tal fin, corresponde considerar las variaciones registradas en el nivel general del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en el nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), que en el mes de octubre de 2025 resultaron del UNO COMA CERO OCHO POR CIENTO (1,08%) y DOS COMA TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (2,34%) respectivamente.
Que, dadas las ponderaciones establecidas en la fórmula del mecanismo de actualización -SESENTA Y SIETE POR CIENTO (67%) IPIM y TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) IPC-, el porcentaje de ajuste de los valores horarios y mensuales a aplicar al equipamiento regulado de la transportista es del UNO COMA CINCUENTA POR CIENTO (1,50%).
Que se determinaron los cargos de transporte (CTn) establecidos en el Contrato de Concesión para cada tipo de equipamiento y tensiones y los valores mensuales que regirán a partir del 1 de diciembre de 2025, con una variación del CINCO COMA OCHENTA Y SIETE POR CIENTO (5,87%), resultantes de la fórmula de actualización y del incremento mensual del CUATRO COMA TREINTA Y UN POR CIENTO (4,31%) previsto en el artículo 3 de la Resolución ENRE N° 305/2025.
Que asimismo teniendo en cuenta el mecanismo de actualización antes descripto se ajustó el Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas aplicado a la transportista.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, los artículos 2, 40 a 49, 55 incisos a), d) y s) y 60 -y su reglamentación- de la Ley N° 24.065 T.O. 2025, los artículos 1 in fine, 11 incisos a) y h) y 19 del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025, los artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, los artículos 5 y 6 del Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024, el artículo 2 del Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025 y los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 330 de fecha 29 de julio de 2025.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), los valores mensuales y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) aplicado a la transportista, contenidos en el Anexo (IF-2025-128494752-APN-ARYEE#ENRE) que integra la presente resolución, a partir del 1 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a TRANSENER S.A., a la ASOCIACIÓN DE GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), junto con el Anexo (IF-2025-128494752-APN-ARYEE#ENRE).
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Néstor Marcelo Lamboglia
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2025 N° 90537/25 v. 01/12/2025
Fecha de publicación 01/12/2025
Y el que no tenga miedo que lea el Boletín Oficial de hoy.
5,87% le sube la tarifa a Transener sólo por Diciembre. Esta empresa es un chanchito de cash!!!
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 778/2025
RESOL-2025-778-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-47232985-APN-SD#ENRE, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia del Sector Energético Nacional, en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, la que fue prorrogada, sucesivamente, por el Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024 y el Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025, hasta el 9 de julio de 2026.
Que, asimismo, por el Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que, en el marco de las emergencias económica y energética declaradas por las normas señaladas, y ante la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023, el MINISTRO DE ECONOMÍA, mediante Nota N° NO-2025-131037389-APN-MEC de fecha 26 de noviembre de 2025, estima imperioso continuar con la corrección de los precios relativos de la economía, entre los cuales se encuentran las tarifas concernientes al sector de energía eléctrica.
Que a través de la nota referida precedentemente el MINISTRO DE ECONOMÍA, sostiene, entre otros particulares, que las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de energía eléctrica deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y de acuerdo a las pautas señaladas en su anterior Nota N° NO-2025-44507112-APN-MEC de fecha 28 de abril de 2025.
Que, por su parte, la SECRETARÍA DE ENERGÍA, mediante Nota N° NO-2025-131069819-APN-SE#MEC de fecha 26 de noviembre de 2025, instruye al ENRE al efectivo cumplimiento de lo establecido en la Nota N° NO-2025-131037389-APN-MEC.
Que el ENRE, mediante la Resolución N° 305 de fecha 30 de abril de 2025, entre otras cosas, estableció: a) En su artículo 2, aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), los valores mensuales y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) con vigencia a partir del 1 de mayo de 2025, contenidos en el Anexo II (IF-2025-44455735-APN-ARYEE#ENRE), que forma parte integrante de dicho acto y; b) En el artículo 3, rectificado por la Resolución ENRE N° 388 de fecha 29 de mayo de 2025, aprobar un incremento mensual del CUATRO COMA TREINTA Y UN POR CIENTO (4,31%) sobre los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de TRANSENER S.A. y a los valores mensuales establecidos en el artículo 2 de dicha resolución, a aplicarse a partir de las CERO HORAS (00:00 h) del 1 de junio de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive.
Que, por su parte, en el artículo 4 de la Resolución ENRE N° 305/2025 se aprobó el Mecanismo de actualización de la remuneración y del Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas de las Empresas Concesionarias del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal y de las Empresas Transportistas Independientes.
Que el objetivo del mecanismo de actualización establecido es que el valor de la remuneración y de las sanciones que percibe la transportista se mantenga durante todo el período tarifario de CINCO (5) años en términos reales.
Que, a tal fin, corresponde considerar las variaciones registradas en el nivel general del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en el nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), que en el mes de octubre de 2025 resultaron del UNO COMA CERO OCHO POR CIENTO (1,08%) y DOS COMA TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (2,34%) respectivamente.
Que, dadas las ponderaciones establecidas en la fórmula del mecanismo de actualización -SESENTA Y SIETE POR CIENTO (67%) IPIM y TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) IPC-, el porcentaje de ajuste de los valores horarios y mensuales a aplicar al equipamiento regulado de la transportista es del UNO COMA CINCUENTA POR CIENTO (1,50%).
Que se determinaron los cargos de transporte (CTn) establecidos en el Contrato de Concesión para cada tipo de equipamiento y tensiones y los valores mensuales que regirán a partir del 1 de diciembre de 2025, con una variación del CINCO COMA OCHENTA Y SIETE POR CIENTO (5,87%), resultantes de la fórmula de actualización y del incremento mensual del CUATRO COMA TREINTA Y UN POR CIENTO (4,31%) previsto en el artículo 3 de la Resolución ENRE N° 305/2025.
Que asimismo teniendo en cuenta el mecanismo de actualización antes descripto se ajustó el Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas aplicado a la transportista.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, los artículos 2, 40 a 49, 55 incisos a), d) y s) y 60 -y su reglamentación- de la Ley N° 24.065 T.O. 2025, los artículos 1 in fine, 11 incisos a) y h) y 19 del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025, los artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, los artículos 5 y 6 del Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024, el artículo 2 del Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025 y los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 330 de fecha 29 de julio de 2025.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), los valores mensuales y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) aplicado a la transportista, contenidos en el Anexo (IF-2025-128494752-APN-ARYEE#ENRE) que integra la presente resolución, a partir del 1 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a TRANSENER S.A., a la ASOCIACIÓN DE GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), junto con el Anexo (IF-2025-128494752-APN-ARYEE#ENRE).
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Néstor Marcelo Lamboglia
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2025 N° 90537/25 v. 01/12/2025
Fecha de publicación 01/12/2025
Re: TRAN Transener
no te daré un consejo menos en estos Foros
solo seré Realista. Imagino q más de un 100% ya le Sacaste y soy GENEROSO...
ASI Q, DE Q TENES MIEDO ? compres lo
q compres ya GANASTE....
abrazos
a si me haces caso si cobro Derechos de autor así q nada de ponerte APRWNDIZ DE NAMBER

solo seré Realista. Imagino q más de un 100% ya le Sacaste y soy GENEROSO...
ASI Q, DE Q TENES MIEDO ? compres lo
q compres ya GANASTE....
abrazos
a si me haces caso si cobro Derechos de autor así q nada de ponerte APRWNDIZ DE NAMBER
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APRENDIZ DE WARREN
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Re: TRAN Transener
BUEN DIA1! Hace años que las tengo, se que puedo haber tenido un costo de oportunidad alto pero ya está. ire saliendo de a poco.. no se que comprar sin riesgo argentino. algun cedear de vista, o verdes
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the shadow
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Re: TRAN Transener
MUY BUEN SABADO CREO QUE ESTA EN EL PISO Y EL TECHO SON 5000. MUCHA RESISTENCIA EN MAS DE 30 RUEDAD EN RANGOS DE 2900 A 3500 APUESTO ACA ME GUSTA Y VAMOS POR ESE NUMERO JUNTO G GAL CEPU TGS EDE Y NEFLIX Y VISTA MAS CERCA DE LOS 35000 PISADA MUY MALLLL
RECUERDEN AL FINAL DE LA PARTIDA AMBOS DOS LA REINA Y EL PEON DESCANSAN EN LA MISMA CAJA
Re: TRAN Transener
Es uno de los nicks del viejo meado de blackbird.
Re: TRAN Transener
Para haber recomprado en 3.350 "al menos" un 9% abajo de tu precio de venta, tendrías que haber vendido en 3.682.
El máximo histórico fue de 3665 el 18/11...
Este foro está lleno de "genios" que venden ya no en el máximo histórico sino por encima de éste!!
El máximo histórico fue de 3665 el 18/11...
Este foro está lleno de "genios" que venden ya no en el máximo histórico sino por encima de éste!!
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letzter Wikinger
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Re: TRAN Transener
Adso escribió: ↑ Parece que el hombre quería comprar baratito . . .![]()
Yendo al papel, excelente volúmen ayer, más de 1 palo de nominales operados en un día sin market rector. Hay una oferta interesante que quiere salir, y se le ha estado dando salida, sin prisa pero sin pausa. En cualquier momento terminan de limpiar al vendedor, y queda despejado el camino sin restricción para ir por nuevos máximos. Veremos. . .
Pero fue como te decia viernes negro y martes hasta las 13 hs un poquito mas negro
Se nota que ahora no la dejan pasar de $3400
Re: TRAN Transener
letzter Wikinger escribió: ↑ Viernes negro
Parece que el hombre quería comprar baratito . . .
Yendo al papel, excelente volúmen ayer, más de 1 palo de nominales operados en un día sin market rector. Hay una oferta interesante que quiere salir, y se le ha estado dando salida, sin prisa pero sin pausa. En cualquier momento terminan de limpiar al vendedor, y queda despejado el camino sin restricción para ir por nuevos máximos. Veremos. . .
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letzter Wikinger
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- Registrado: Mar Dic 19, 2017 3:41 pm
Re: TRAN Transener
Bueno viernes 19 fue el piso en las acciones con bajas entre 10% y 15% que descomprimio indicadores que ya estaban saturados.
Compre dia martes 23 muchas acciones del general y lider.
Ya comienza diciembre mes que esperaba el gobierno para colocar su reforma laboral,tributaria.de glaciares,presupuesto y penal,desde el dis 9 comienzan las presentaciones.
Tran una de mis favoritas .
Compre dia martes 23 muchas acciones del general y lider.
Ya comienza diciembre mes que esperaba el gobierno para colocar su reforma laboral,tributaria.de glaciares,presupuesto y penal,desde el dis 9 comienzan las presentaciones.
Tran una de mis favoritas .
Re: TRAN Transener
APRENDIZ DE WARREN escribió: ↑ BUENAAAAAAAASSSSSSSSSSSSSS, Est hoy hizo la plancha???mñana retoma??, que piensan??
si Pensas mucho perdes seguro...
aca es algo de intuición algo de Orto y alto de
algo... vendi Semi compre hace 2 meces acá y subió un 75%
ahora seguro me leen y vuelve a 2000
aaaa re perseguido el man jaja chau
Re: TRAN Transener
Estamos en una Primavera Bursatil, el que se desespera por salir PIERDE. La bolsa es circular hoy toca acá y en algún momento allá y equipara
No veo porque salir corriendo de este papel que pertenece al selecto grupo de la energía. PACIENCIA
PPP no olvidar
No veo porque salir corriendo de este papel que pertenece al selecto grupo de la energía. PACIENCIA
PPP no olvidar
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APRENDIZ DE WARREN
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Re: TRAN Transener
BUENAAAAAAAASSSSSSSSSSSSSS, Est hoy hizo la plancha???mñana retoma??, que piensan??
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